Tipo de Norma: Ley
Número: 19335
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19335Se libera la importación de equipos necesarios para el
ensamblaje de patrulleros
DECRETO LEY N 19335
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revoluciona* rio ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que entre los objetivos del Gobierno Revolucionarlo de la Fuerza Armada, está, el de fomentar la Industria terminal o de ensamblaje de vehículos automotores;
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lincho días del mes de Marzo de mil novecientos setcn-tldos.
General de División EP„ JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República.
General de División EP, ERNESTO MONTAONE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro do Guerra.
Teniente General PAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vlcc-Almlrnnte A.P., LUIS E. VARGAS CABALLERO,
Ministro de Marina.
Teniente GeneraJ P.A P .
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.