Ley Nº 19326

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 19326

I.

LEY GENERAL DE EDUCACION DECRETO-LEY N 19326

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Situación del País y la Política

Educacional

La necesidad de una reforma profunda de la educación peruana y, por consiguiente, de la formulación de un nuevo y más eficaz instrumento legal que, como Ley General, abarcase todos los aspectos y actividades del Sector Educación, surgió de los problemas fundamentales planteados por la realidad del Perú tradicional, del sentido transformador de la política revolucionaría del actual Gobierno, comprometido a modificar sustantivamente esa realidad, y de la gravedad dé los propios problemas educacionales del país.

Los problenias fundamentales del Perú tradicional derivaban de su condición estructural de país subdesarrollado y dependiente. La distribución de la propiedad y del poder causaban hondos desequilibrios en la sociedad, los cuales originaron indeseables fenómenos de concentración y de marginación que tornaban indispensables la equitativa participación de todos en el disfrute de los bienes y el uso de los

servicios generados por el conjunto de la sociedad. Todos los sistemas institucionales, incluyendo el educativo, reflejan hasta hoy la esencia y naturaleza de la estructura tradicional que la Revolución se propone cancelar de manera definitiva. La función de los sistemas institucionales del Perú pre-revolucionario fue justificar y respaldar el ordenamiento establecido y, consiguientemente, perpetuar los beneficios ilegítimos de una minoría privilegiada.

Frente a esta realidad, el Gobierno Revolucionario de la Fuerza Armada inició hace tres años y medio un proceso de transformaciones profundas destinadas a cancelar definitivamente la doble condición de sub-desarrollo y depen-dencia que definió al Perú tradicional. La educación es parte inseparable del conjunto integral de la realidad peruana y en el proceso revolucionario ha dejado de ser concebida como algo previo o aditivo a la transformación estructural que esta Revolución reconoce como su razón de ser histórica. El problema de la

educación no puede ser enfrentado como uno

de simple modernización de procedimientos o instalaciones sino, por el contrario, como una tarea que demanda —al igual que otros problemas básicos del Perú— medidas drásticas y

coherentes de verdadero carácter transformador. Así, acaso' más que en ninguna otra situa

ción, dentro de uri procéso revolucionario las

soluciones educacionales son ¿ndesligables de o-

tras medidas y- acciones de transformación so-

cio-económida. Por consiguiente, al lado de las reformas revolucionarias ya emprendidas

en el agro, la banca, la industria, la minería, la

pesca, las telecomunicaciones y otros sectores económicos, tiene que realizarse una Reforma de la Educación que impulsada por el que se opera en otros campos de la vida nacional.

La modificación de las relaciones de propiedad de los medios de producción genera fundamentales efectos sociales que tornan imperativa una renovación educacional que contribuya decisivamente al surgimiento de un nuevo hombre en una nueva sociedad. La sociedad tradicional no podría cambiar sólo e-

ducando a los hombres y dejando intacta su estructura socio-económica básica. Pero tampoco podría cambiar si paralelamente a las reformas económicas estructurales no se efectuara una transformación del sistema educativo que permita que la educación capacite a los hombres, los despierte á una nueva actitud y los prepare para ser verdaderos protagonistas del. cambio social en. el. Perú. Así, la Reforma de la Educación tiene como papel e-sencial establecer un nuevo ordenamiento de la educación que contribuya a dinamizar las acciones ¡de los otros sectores y a garantizar, en consecuencia, que el procesó revolucionario se afirme, acelere y'profundice.

Las características que han definido el Sistema Educativo, de acuerdo al Informe General de la Reforma de la Educación, son las si-guientes: baja productividad en relación al porcentaje del PNB dedicado a la educación,

incapacidad para resolver el crucial problema

del analfabetismo, desatención de los niños de grupos sociales marginados, ausencia de mecanismos de recuperación, carácter selectivo y

• •

discriminador al servicio de una minoría verbalismo, memorismo y tendencia academizante, inadecuada formación y selección del magisterio. burocratismo, distorsión administrativa y financiera e instalaciones deficientes o

mal aprovechadas.

Esta situación, cuantitativa y cualitativamente defectuosa, añade la urgencia a la necesidad de reformar integramente la educación a fin de aplicar soluciones nuevas y adecuadas a los problemas concretos palnteados por la realidad en el proceso de cambio que la nación vive actualmente.

II. Sentido de la Nueva Educación Peruana

La filosofía educativa de la Reforma, que la presente Ley traduce en su estructura y en su articulado, se distingue por un conjunto de

rasgos propios que,, sin perjuicio de los principios generales que informan toda educación, deben ser destacados a fin de asegurar una cabal comprensión del sentido y los alcances

de la Ley.

Es preciso poner de relieve, en primer lugar, la inspiración profundamente humanista

y la vocación genuín amente democrática de la

nueva educación. El valor fundamental que ella reconoce es la dignidad de los hombres sea cual fuere su origen, sus ideas o su situación social, pero en el sentido de que esa dignidad esencial sólo se realiza si la igualdad y la solidaridad prevalecen en todos los ámbitos y en todas las manifestaciones de la vida colectiva, y que sólo puede sustentarse y preservarse mediante el reconocimiento de la autonomía de la persona, de la capacidad soberana de decidir su vida y orientar su propio destino. asi como de crear el ambiente físico y social apropiado para lograr su .plena realiza»

ción.

De allí la necesidad de relacionar estrecha-

* • •

mente la educación con el trabajo, tradicionalmente menospreciado, especialmente en sü forma manual por prejuicios de una mentalidad colonial y aristocratizante. El trabajo es concebido en la Ley como ejercicio solidario de la capacidad de autorealización* de la persona en

la producción de bienes1 y servicios socihles para el beneficio común. Se piensa . fundamentalmente en una sociedad de trabajadores desalienados, hombres libres, y no en la "manó de obra’* aprovechable para cualquier fin, ni en la simple provisión de "recursos humanos’* explorables o en el mero acrecentamiento del mal llamado "capital humano".

El trabajo, como expresión de • autorealiza-

ción personal y dentro de relaciones de producción de. carácter comunitario, no sólo se ubica

• , r

en una concepción humanista según la . cuál cada hombre es un fjn en sí mismo y. no puede ser instrumento de otro, Sino que determi-na . además la construcción de una sociedad nueva en la que no se manípulea la conciencia de los hombres, mal éste a que se hallan expuestas las sociedades de consumo cuyo éxito aparente no oculta sus profundas contradic

ciones y limitaciones. De allí que la educación

en el trabajo y. para el trabajo sea una columna fundamental de toda filosofía educativa au-

%

ténticamente humanista y, consecuenteniente,

de la Reforma peruana.

Respondiendo a ese espíritu, la Ley cancela la tradicional separación eAtre educación

común o general y educación vocacional técnica, separación de dudosa base teórica y de

nulos' efectos prácticos, como lo prueba la experiencia educacional en nuestro país. Intro

duce, en cambio, el principio de la necesaria

integración de la educación general y de la

capacitación para el trabajo en los diferentes niveles y etapas de proceso educativo y para todos los educativos.

Estando cada grupo humano inserto en un

tejido de relaciones económico-sociales dentro

del marco de una nación y del conjunto de las

nacional del mundo, la educación reformada, para ser eficaz y lograr plenamente sus metas, no puede ignorar las considiciones históricas

reales en que se cumple el proceso educativo. Las del Perú son las de un país sub-desarro-Ilado en el que provalecen poderosos nexos de

dependencia interna y externa, en perjuicio

de las grandes mayorías marginadas y con ries go permanente de la soberanía nacional. Es preciso tomar conciencia de este hecho esencial y de la necesidad .de encontrar las soluciones educacionales adecuadas para los problemas peruanos en un mundo agobiado por

*

una crisis crónica de convivencia en que los grandes países induátrializados sucumben en la deshumanización de la sociedad automatizada y consumistas, y los países del Tercer Mundo se hunden cada vez más en la ignorancia, la pobreza y el atraso, igualmente, deshumanizantes.

Se. comprende que la Reforma, para ser profundamente humanista, tiene que definirse como un movimiento orientado al desarrollo y al cambio estructural de la sociedad peruana y, en consecuencia a la liberación y afirmación de nuestro ser nacional. Sólo así puede contribuir a la realización de las grandes mayorías nacionales' a superar su marginaciÓn y su opresión seculares y a canalizarlas hacia la creación colectiva de una sociedad justa y de plena participación y de una cultura original y fecunda, por vez primera auténticamente nacional. Los fines propios de la educación peruana reformada: educación para el trabajo a-decuado al desarrollo integral, para la transformación estructural y eL perfeccionamiento de nuestra sociedad y para la autoafirmación nacional, encuentran de este modo expresión

noKol on ♦ lo T 1

Es necesariq, además, dar al proceso educativo un sentido de beneficio social y hacer Claras las relaciones entre la educación y la economía. La Ley entiende lo económico en estrecha relación con la concepción humanista del trabajo. En cuanto actividad, humana socialmente creadora y útil, el trabajo constituye el ambiente y el medio de la realización del hombre. Lo económico es el rendimiento social e individual de este trabajo en sus diferentes formas (técnica, científica, artística, etc.), siempre qué implique no sólo un simple intercambio de cosas sino un acceso a valores cuya vigencia de nuevo significado a la vida de todos V cada uno de los hombres.

Este mas profundo y completo sentido de lo económico conciba el trabajo productivo con la cabal realización de la persona humana concilla igualmente el fmandamiento en términos monetarios, fiscales y presupuestarios con la

movilización social de ios esfuerzos y recursos de toda índole. Queda entendido que en esta

conciliación se cumplen las exigencias de racionalización y optimización en el uso de l<s me dios disponibles (capacidad instalada, recursos ociosos, etc.), y se cumple también la necesidad dé reinvertir y de compíitibilizar el trabajo social con la' formación efe trabajadores.

Al adecuarse a este concepto de economía gracias a la ley, la educación toma en cuenta varios factores fundamentales; la atención inmediata y lo más activa posible de las zonas deprimidas; la atención inmediata también de aquellos educandos situados en edad de trabajo en los diversos niveles de la actividad social y en las áreas de actividad cuáDtativa o cuantitativamente deficitaria, para acelerar el a-rranque del plan y la puesta en marcha de las actividades más premiosas; el diseño de planes educativos a largo y mediano plazo, para alimentar flexiblemente un aparato económico-social en desenvolvimiento conforme a un plan también flexible; el incremento de la capacidad productiva de los educandos y la elevación. de su calidad personal por el perfeccionamiento en el trabajo y la educación permanente. Todo este vasto conjunto de factores

activados por la educación nueva constituirán un verdadero cimiento deí desarrollo integral del país.

Pero el procesa de desarrollo, sería ilusorio o incompleto si no contara con ,el apoyo de todos los sectores de la comunidad- nacional, es decir,1 si no fuera un proceso de honda re-percuciórí social. Por eso, en la ley, la nueva educación ofrece, como rasgos esenciales, el

cultivo de la conciencia, crítica y la activa y

*

constante participación de la comunidad.

La primera se logrará por lá concientización que inplíca el acceso de todos los hombres a la más profunda comprensión dé la propia realidad personal y social, punto de partida sin

el cual el individuo no puede realizarse plenamente como persona. Una educación que no sea concientizadora es una simple operación de adiestrarñiénto o de adoctrinamiento. La concientización es un proceso que se cumple en la forma reflexiva de concien tizarse y coadyuva a la liberación del educando, lo abre al

mundos haciéndolo apto para adquirir un compromiso profundo con la realidad y con un

modo de existencia libremente elegido.

Por efecto de la Ley General el proceso e-

ducativo incorporará, pues, procedimientos

capaces de despertar en los peruanos la conciencia crítica de la propia situación y, consiguientemente, adecuados para suscitar en ellos

la justa perspectiva de conocimiento y acción

que los haga agentes participantes de! proceso histórico de cancelación de las estructuras de dependencia y dominación y hombres libres comprometidos con el futuro del país.

Este compromiso es el de la participación indispensable de todos en la transformación y

• • m

en I'a construcción de la nueva sociedad. La

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educación no es genuina y cabal sino como e-ducación para la participación, pero no puede lograr esta meta'si no está ella misma inspirada en la participación. La Ley sanciona en todos los niveles y ciclos de la educación la participación de los educandos, de los padres v de la comunidad en el proceso educativo. De este modo se rompe definitivamente con dos vicios opuestos pero igualmente perniciosos de la educación tradicional; el estatismo autoritario y el privatismo descriminador. En

su lugar se establece sobre firmes bases una educación comunitaria, fundada en una comunidad educadora por el. diálogo y por la participación responsable..

Estas instituciones quedarán truncas o se-

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rían mal interpetradas en ausencia del principio de libertad de educación que la ley postula. Gracias a él se consagra la norma de que el acto de educar y de ser educado es un derecho y una obligación .que alcanza a todos los miembros de la comunidad y que se proyecta desde el nacimiento hasta la muerte. Perq decir que todos son educadores y educandos entraña reconocer al propio tiempo los imperativos de la autoeducación, la educación permanente y la educación no escolarizada, que. son otros tantos rasgos distintivos de la nueva e-ducación peruana. En efecto, la ley General está imbuida de una filosofía educativa révo-

Iudonaría qué rompe con los esquemas tradicionales que reducían la educación a una o-

peración formal de enseñanza, la cual vinculaba, en sentido unidireccional, a un alumno y un maestro durante cierto período de la vida

ambos. Según la educación reformada, en

ambio, todos participan en la educación, todo

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1 tiempo, educándose á sí mismos y a los de-lás y no necesariamente dentro del marco rí-:ido del sistema escolar.

La Ley responde en consecuencia, a la convicción de que es necesario garantizar explícitamente la libertad de educación, tanto en el

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aspecto de educar como en el de ser educados.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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