Ley Nº 19297

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 19297

Autorizan efectuar transferencia de Partidas por 22 millones de soles para locales escolares

DECRETO LEY N* 19297

EL PRESIDENTE DE L.A REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO-CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Ley N* 18799. Orgánico del Sector Educación y su modificatorio Decreto Ley N 19296 han normado el proceso de Construcciones Escolares para el adecuado logro de las metas respectivas;

Que, asimismo, el Decreto Ley N° 19296 dispone que el Ministerio de Educación en coordinación con el Ministerio de Vivienda propondrá las modificaciones presupuéstales más convenientes para dotar al Ministerio de Vivienda de la capacidad operativa necesaria;

Quer para el efecto es necesario autorizar una Transferencia de Partidas del Pliego Ministerio de Educación al Pliego Ministerio de Vivienda, no obstante lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto Ley N” 18700;

Que, asimismo existen los recursos correspondientes en el Presupuesto de Inversión del Programa Construcciones Escolares del Ministerio de Educación;

Estando a lo informado por la Dirección General de Edificación y por la Oficina General de Administración de los Ministerios de Vivienda y Educación, respectivamente; y.

De conformidad con los artículos 34* y 44* del Decreto Ley N 18700, Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972;

En uso de las facultades de que está investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Lev siguiente:

Articulo Unico.— Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto Bienal 1971-1972 hasta por la suma de Veintidós Millones Novecientos Veintiún Mil Ciento Treinticinco y 00/100 Soles Oro (S/. 22*921,135.00), conforme al siguiente detalle:

VOLUMEN I: Gobierno Central e Instituciones Públicas Descentralizadas TITULO II: EGRESOS SECTOR 17 EDUCACION Pliego 01: Ministerio de Educación

Presupuesto de Operación

Programa 2201: Dirección, Coordinación y Administración General Jefatura Responsable: Dirección Superior

I>e la Partida;

01.01 Remuneración Básica del Personal

Permanente..................... 528,000

01.02 Remuneración Personal ......... 24.000

01.03 Remuneración al Cargo ......... 37,750

01.06 Remuneración Transitoria no Pensionare ........................ 22,070

Presupuesto de Inversión

Programa 2226: Construcciones Escolares Proyecto 03: Educación Básica (Terminación de Obras!

Jefatura Responsable: Oficina General de Administración.

I>e la Partida:

07.01 Obras por Contrata ............ 22*309.315

TOTAL: S/. 22*921,135

SECTOR 16: VIVIENDA

Pliego 01: Ministerio de Vivienda

Presupuesto de Operación

Programa 2104: Edificaciones Jefatura Responsable: Dirección General de Ediíicaciones.

A la Partida:

OC.Ol Remuneración Básica del Persona!

Permanente............ ... 528,000

M.M Remuneración Especial #M ...... 100,000

01.07 Remuneración del Personal Contratado 4*024.000

01.09 Remuneración del Obrero Eventual

(Jornal) .................. 4*186.000

02.01 Alimentos para Personas ......... 80.000

02.06 Combustibles, Carburantes y Lubricantes ..................... 1*152,000

02.07 Material Fotográfico ............ 40,000

02.08 Medicinas y Materiales de Laboratorio 16,000

02.09 Utiles de Escritorio y Materiales para

Impresión .................. 816,000

02.14 Repuestos de Equipos de Transporte 106.000

02.1G Repuestos de Otros Equipos ...... 20.000

02.17 Herramientas Diversas............ 20,000

02.18 Utiles de Aseo y Limpieza ...... 60.000

03.01 Viáticos, Gastos de Viajes e Instalación 1*200.000

03.03 Embalajes y Fletes............ 50,000

03.05 Servicios Públicos............... 100,000

03.07 Mantenimiento de Mobiliario y Equipo

de Oficina .................. 40,000

03.08 Mantenimiento de Equipos de Transporte ........................ 140,000

03.09 Mantenimiento de Otros Equipos ... 20,000

03.11 Primas de Seguros no Personales ... 54,800

03.12 Impresiones y Publicaciones ...... 50,000

03.13 Empastes y Encuadernación ...... 20,000

03.14 Arrendamiento de Inmuebles ...... 242,000

03.15 Arrendamiento de Muebles, Equipos

y Otros ..................... 40,000

03.16 Gastos Judiciales y Notariales ...... 60,000

03.20 Otros ..................... 60.000

04.01 Al Seguro Social del Empleado ... 235.290

04.02 Al Seguro Social Obrero ......... 495,35T

04.08 Indemnizaciones .............. 745,880

08.01 Mobiliario, Enseres y Equipo Mecánico de Oficina ........ 1*500,000

08.02 Vehículos de Transporte ......... 6050,000

08.03 Motores ..................... 300,000

08.04 Equipos de Ingeniería y Afines ... 300,000

08.13 Otros ..................... 70,000

TOTAL: S'. 22*921,139

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quine» días del mes de Febrero de mil novecientos setentidos.

General de División EP., JUAN VELASCO ALVAKADO, Presidente de la República.

General de División EP., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ. Ministro de Aeronáutica.

Vice-Almirante AP., LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.

Teniente General FAP., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División EP., ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.

General de División EP., ENRIQUE VALDEZ ANGULO. Ministro de Agricultura.

General de División EP FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finalizas.

General de Brigada EP.. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transarles v Comunicaciones.

General de Brigada EP., JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada EP., JAVIER TANTALEAN VANINI,

Ministro de Pesquería.

Mayor General FAP., FERNANDO MIRO QUESADA BA-HAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP. RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro dé Vivienda.

Contralmirante AP., ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.

General de Brigada EP. MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exf-••'ores.

General de Brigada EP., PEDRO RICIITER PRADA, Ministro del Interior.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 15 de Febrero de 1972.

General de División EP., JUAN VELASCO ALVARADO.

General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice-Almirante AP. LUIS VARGAS CABALLERO.

General de División EP.. ALFREDO CARriO BECERRA.

General de División EP FRANCISCO MORALES KER-BfUDEZ CERRUTTI.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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