Ley Nº 19266

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 19266

Amplían por 90 días plazo para la repatriación de dinero en moneda extranjera del exterior

DECRETO IEY N 192GG

ÍTL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO;

El Gobierno Revolucionarlo )m dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que es conveniente n los Intereses del país extender los plazos establecidos en el Decreto Lrv N9 10275 y sus ampliatorias, as! cotilo las garantías conferidas en los m trinos;

En uso tic las facultiulcs de que está Investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Mlnl&ti os;

lia dado el Decreto I>oy siguiente:

Artículo 1* «■— Extiéndase por noventa días contados a partir de la lecha de expedición del presente Decreto-

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Teniente G enero 1 FVU\, ROLANDO GILAKDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vlce-Almirnnte A, P., LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro ele Marina.

Teniente General FAP., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División EP.f ALFREDO CARriO BECERRA, Ministro de Educación.

General de División. E. P., ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.

Gencrrl de División, e. P. FRANCISCO MOR A LEÍ RIRMUDEZ CERRUTTl, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada MP, ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada FJP* JORGE FERNANDEZ MAL-DON AI>0 SOLARI, Ministro de Energía y Mitins.

General de Brigada JE. P, JAVIER TAN PALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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