Ley Nº 19261

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 19261

Economía hará transferencia

de partidas en Agricultura del Presupuesto para 1971-72

S/\ 10,000

20,000

50,000

50,000

100,000

S/> 878,400 160,000

76,000

162,000

100,600

01.OS 01.07

01.0«

01.00

08.01 Mobiliario, Enseres y Equipo Me

TOTAL ...

DECRETO LEV N0 19261

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO HA DADO EL DECRETO LEY SIGUIENTE:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que, es conveniente que el Ministerio de Agricultura cuente con los recursos económicos necesarios para que pueda atender la recepción de los recursos alimentarios destinados a obras de Asistencia Social provenientes de Organismos Internacionales, así como para almacenarlos y conservarlos en puntos estratégicos del territorio nacional, para su distribución racional por los organismos multisectoriales de promoción;

Que, para dicho fin es necesario efectuar modificaciones presupuéstales dentro del sector Agricultura; no obstante lo dispuesto en el artículo 37° inciso “a” del Decreto Ley N° 18700 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional en vigencia;

Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y por la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado tí. Decreto-Ley siguiente*

Artículo Unico, — Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas, para efectuar por excepción la siguiente transferencia-apertura de partidas especificáis en el Sector 1(V: Agricultura, del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972, hasta por la suma de dos millones ochocientos sesentitrés mil ochocientos y 00/100 soles oro <S/. 2*863,800.00).

SECTOR 10: Agricultura.

DEL:

Pliego 02: Tribunal Agrario Programa 1151: Fuero Privativo Agrario Jefatura Responsable: Presidencia

Partidas:

01.00 REMUNERACIONES

oi.oi Remuneración Básica del Personal

Permanente ......... ... ......

Remuneración al Cargo .........

Remuneración del Personal Contratado ........................

Remuneración del Obrero Permanente (Jornal) ...............

Remuneración del Obrero Eventual (Jornal) ... *.. ... ... —.

OS. 00 SERVICIOS

03.12 impresiones y Publicaciones ... 60.000

03.14 Arrendamiento de Inmuebles ... 615,300

04.00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

04.01 Al Seguro Social del Empleado 63,000

04.02 ai seguro Social Obrero ...... — 28,500

06.00 COMPRA DE BIENES DE CAPITAL NUEVOS

cánico de Oficina............... 188,000

08.02 Vehículos de Transporte......... 560,000

08.07 Equipas de Enseñanza y Ayuda Audiovisuales ......... ... ... 50,000

. SL 2*863,800

AL:

Pliego 01: Ministerio de Agricultura

Programa 1120: Comisión Nacional de Apoyo Alimentario Jefatura Responsable: Comisión Nacional dte Apoyo Alimentario.

Partidas;

02.00 BIENES

02.03 Vestuario (APERTURA) ... ......

02.07 Material Fotográfico............

02.12 Servicio de Cocina, Comedor y Ropa

de Cama......... ............

02.17 Herramientas Diversas.....T. ...

02.21 Otros (APERTURA) ...

03.00 SERVICIOS

03.04 Seguros de Transporte ... — .... 60,000

03.06 Mantenimiento de Inmuebles .. ... 100,000

03.11 Primas de Seguras no Personales .. 100,000

03.12 Impresiones y Publicaciones ...... 150,000

03.15 Arrendamiento de Muebles, Equipo#

y Otros (APERTURA) ......... 30,000

03.19 Gastos de Aduana......... ... 2'070.ooo

03.20 otros (APERTURA)...... 100,000

04.00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

04.06 Indemnizaciones ...... w ... 13,800

04.14 Otras (APERTURA) 10,000

TOTAL. S/.2*863,800

r - mi - ^

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres dias del mes de Enero de mil novecientos setentidós.

General de División EP., JUAN VELASOO ALVAR A DO, Presidente de la República,

General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice-Almirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.

Teniente General FAP., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División EP., ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.

General de División *P ENRIQUE VALUE* ANGULO,

Ministro de Agricultura.

General de División EP FRANCISCO MORALES BER-MUdez cerrutti, Ministro dé Economía y Finanzas.

General de Brigada EP., ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada EP., JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLari, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada EP, JAVIER TANTALIAN VA-NINT, Ministro de Pesquería.

Mayor General FAP., FERNANDO MIRO QUESADA BAHAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de Vivienda.

Contralmirante AP., ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio

General de Brigada EP MIGUEL A. DE LA flor valle, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP, FEDRO RICHTER FRADA, Mi-nlstro del Interior.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla,

Lima, 03 de Enero de 1972.

General de División EP, JUAN VELASCO ALVARADO. General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Teniente General FAP, ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice-Almirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO. General de División EP FRANCISCO MORALES BER. MUDEZ CERRUTTI.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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