Tipo de Norma: Ley
Número: 19030
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19030Adicionan disposiciones al Art. 2!Oo.
del Código de Procedimientos Penales
DECRETO LEY N 19030
EL PRESIDENTE DE DA REPUBLICA.
POR CUANTO:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE:
Vico Almirante AP., FERNANDO ELIAS APARICIO. Ministro de Marina.
General de División E. P , EDGARDO MERCADO JARREN. Ministro de Relaciones Exteriores.
Teniente General FAP. PEDRO SAI.A OHOSCO, Ministro de Trabajo.
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO:
CONSIDERANDO r
Que es inadmisible que la l&rantla establecida en el Artículo 210° del Código de Procedí míen tos Penales, sea Utilizada para eludir el Juntamiento sus! rayéndose «3l I la acción de la Justicia:
En uso de las facultades de ¡lúe está Investido; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto—Ley siguiente:
Artículo P. — Adiciónese ai Articulo 2109 del Código de Procedimientos Penales, el siguiente texto:
“Empero, si el acusado que se hubiera apersonado en el proceso, dejara de concurrir a la audiencia a la que fue emplazado, el Tribunal liará nuevo emplazamiento para el segundo día siguiente procediendo desde entonces al juicio oral con sólo la asistencia del Defensor, si aquél no concurre. t¿i notificación se hará por cédula y por una vez en el diario en-enrgado de la publicación de los avisos judiciales’'.
Artículo 29. — Lo dispuesto en el articulo anterior se aplicará a todos los. procesos en actual trámite y a aquellos en los que por inconcurrencia del acusado se hubiera, reservado el pronunciamiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once díus del mes de Noviembie de mil novecientos setenHuno.
General de División EP. JUAN VELASCO AI,VARADO, Presidente de la República.
Genera! de División EP„ ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guetra.
Genferal de División EP ALFREDO CARriO BECERRA,
Ministro de Educación.
Contralmirante AP. LUIS E.
VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.
General de Brigada EP., ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.
General de Brigada EP. FRANCISCO MORALES
BERMUDEZ CER11UTT!. Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada EP., ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS Ministra de Transporte* y Coimmlcaclonea General de Brigada EP. JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada E.P, JAVIER TANTALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP., FERNANDO MIRO QtJESADA «AIIAMONDE, Ministro de Bullid.
Contralmirante AP., ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria f Comercio.
General de Brigada EP.. TE-DRO RICltTFR TRABA. Ministro del Interior.
POR CUANTO:
Mando se publique y cumpla,
I.lma, 11 de Noviembre de 1071.
General de División EP., JUAN VELASCO AI.VARADO General de División EP., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.
Teniente General FAP.,
ROLANDO GILAKDt RODRIGUEZ.
Vice Almirante AP., FERNANDO ELIAS APARICIO.
General de División E.P., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.