Tipo de Norma: Ley
Número: 18973
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18973Autorizan gastos aue origine reunión de Comis;ón Esoechl del Ministerio de RR. E£.
DECRETO-LEY N 18973EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Lev siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que. por Decreto-Ley N° 18894 de 22 de Junio de 1971, se ha autorizado por excepción al Ministerio de Economía y Finanzas a otorgar un sobregiro al Ministerio de Relaciones Exteriores, Programa 0351 del Pliego Oi del Ministerio de Relaciones Exteriores, hasta por la cantidad de S 35*000,000.00 en su Presupuesto de Operación vigente, a fin de atender a los gastos de realización en Lima de la Reunión de los Países del Tercer Mundo:
Que, por Resolución 2/X de la Comisión Especial de Coordinación Latinoamericana (CECLA>, aprobada en agosto de 1971, se ha asignado al Perú la responsabilidad de la organización y realización, en Lima, de la XII Reunión que, a nivel Ministerial, habrá de celebrar dicha Comisión Especial del 18 al 33 de octubre del año en curso, con el objeto de coordinar la posición de los Países de América Latina ante la citada Reunión de los Países del Tercer Mundo. a realizarse en Lima:
Que, las dos Reuniones antes mencionadas se encuentran estrechamente vinculadas en cuanto constituyen etapas de un mismo proceso, proyectado a la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo a realizarse en Santiago de Chile, en 1972; y
Que, es necesario, conse-euentemene, que el Gobiernoperuano asuma los gastos inherentes a la organización y realización de la mencionada XII Reunión, que a nivel Ministerial, habrá de celebrar la Comisión Especial de Coordinación Latinoamericana, en Lima;
En uso de las facultades de que esta investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente :
Articulo lu — Autorizase al Ministerio de Relaciones Exteriores para atender a los pastos que origine la XII Reunión que, a nivel Ministerial, celebrará en Lima la Comisión Especial de Coordinación Latinoamericana con parte de los recursos autorizados por el Decreto-Lev N® 18894 de 22 de junio de 1971, hasta por la suma de 3/. 5*000.000.00.
Artículo 2o — El Ministerio de Relaciones Exteriores aprobará por Resolución Ministerial el respectivo Presupuesto Analítico y modificará la Resolución Ministerial N° 0834 de conformidad con lo dispuesto en el Artículo P° del Decreto-Ley 18700 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional de 1971-1972.
Artículo 3° — El Ministerio
de Relaciones Exteriores, en un plazo máximo de 80 días después de concluida la referida Reunión, rendirá cuenta documentada de conformidad con las disposiciones legales vigentes, debiendo revertir al Tesoro Público los saldos no utilizados;
Dado en la Casa de Gobierno. en lama, a los veintitrés días del mes de Setiembre de mil novecientos setentiuno.
General de División EP., JVAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.
General de División EP., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP, ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice-Almirante AP., FERNANDO ELIAS APARICIO,
Ministro de Marina..Teniente General FAP., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División EP., ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
Contralmirante AP., LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.
General de Brigada E. P., ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura. Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada EP., ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP., JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP., JAVIER TANTALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP., FERNANDO MIRO QITESADA BAHAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP., ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.
General de Brigada E. P.,
PEDRO RieilTER PRADA, Ministro del Interior,
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima. 23 de setiembre de 1971.
General de División EP. JUAN VELASCO AI VARADO.
Genera] de División EP. E R N ESTO MONTAGNE SANCHEZ
Teniente General FAP, ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vice Almirante AP. FERNANDO ELIAS APARICIO,
General de Brigada EP, ENRIQUE VALDEZ ANGULO. jvllinistro de Agricultura, Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores.
General de Bricradn EP,
FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.