Ley Nº 18745

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 18745

Creon Empresa Pública de Certificaciones Pesqueras

DECRETO LEY No. 18745

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que los productos de origen acuático que se comercializan por la Empresa Pública de Servicios Pesqueros

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to de los productos mencionados para los Unes expuestos. que podrá ser utilizado como garantía de flnancla-miento”.

Dado en la Casa de Gobierno. en Lima, a los veintiséis dias del mes de Pinero de mil novecientos setenta y uno.

General de División EP. JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República.

General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro da

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mercialización de Harina y Aceite de Pescado deben tener la garantía de calidad, higiene, sanidad y cantidad que exige el consumo interno e internacional:

Que tal finalidad es de importancia nacional, por lo que es necesario que el Estado cuente con los elementos que controlen y garanticen tales requisitos;

Que, asimismo, es necesaria la verificación de las condiciones de operattvidad de los elementos que Intervienen en las distintas tases del proceso pesquero;

Que los productos mencionados requieren de almacenamiento apropiado que además, puede ser utilizado como garantía para su financla-miento;

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Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice-Almirante AF. MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Marina,

Teniente General FAP, TE-DKO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de Brigada EP. ALFREDO ARRISUEÑO CORNEJO, Ministro de Educación.

General de División EP. ARMANDO ARTOLA AZCA-RATE, Ministro del Interior. Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores.

Contralmirante AP. JORGE DELLEPIANE OCAMPO, Ministro de Industria y Comercio.

Contralmirante AP. LUIS



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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