Ley Nº 18728

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 18728

Economía hará por excepción transferencia de partidas en el Pliego No. 12 de Agricultura

I)i;t;itET() LEY Nt 18728 EL PRESIDENTE DE LA. REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley *i-guientc:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:

Que, corresponde al Ministerio de Agricultura promover y desarrollar la industrialización de los productos lores tales a través de sus respectivos programas.

Que es necesario habilitar la partida 2.4.16 ‘'Materias Primas91 de la Asignación II, Programa 1201 "Conservación y Desarrollo de Tierras, Bosque y Caza" de dicho Ministerio, con ei objeto de destinarlos a la compra de trozas indispensables para el funcionamiento del Aserradero Iparía.

Que, en cambio existen recursos económicos disponibles en la partida específica 3.1.1 "Estudios por Contrata" del mismo Programa 1201 "Conservación y Desarrollo de Tierras, Bosque y Caza "del Pliego 13 Ministerio de Agricultura.

Que, no obstante lo dispuesto por el Artículo 23 del Decreto-Ley 18088 Anual del Presupuesto Funcional de la República para ll>'¿0, es necesario realizar, por excepción, una operación de transferencia de partidas, en armonía con 10 dispuesto en el inciso 49 del Articulo 52 de la Ley N 14816;

Estando A lo Informado por la Dirección General de Administración del Ministerio cíe Agricultura, por la Secretaria Técnica del Plan Económico Anual y por la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

En uso de las facultades de que está investido; y Con el voto aprobatorio del Connejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente;

Artículo Unico.— Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas para electuar, por excepción la siguiente transí ciencia de partidas en el Pliego 13 — Ministerio de Agricultura del Presupuesto Funcional del Gobierno Central en vigencia, hasta por la suma de Un Millón Doscientos Mil QO/lOO sotes Oro (S/. 1 ’200,000.00) en la forma siguiente;

Sector 09 —Agricultura

Pliego 13; Ministerio de Agricultura

Sub-Plicgq: Direcciones Generales Méen leas

Unidad Ejecutora 01; Dirección General Forestal de Caza y Tierras.

Programa 1201; Conservación y Desarrollo de Tierras, Bosques y Caza.

Sub Programa 00 Unidad de Operación 0001 Funcional 00

DE LA rAKTIDA:

3.0.0 Estudios y Obras por Contrata y Administración 3,1.0 Estudios

3.1.1 Estuulos por contrata

— Desarrollo de) Parque Nacional

Alexnnder Von lfumboldt...... S/. 1*200,000.00

A LA PARTIDA:

2.0.0 Bienes y Servicios No Personales 2.4.0 Materiales y Suministros 2.4.16 Materia Prima .................. S/. 1'200,000.00

Dado en la Casa de Gobierno, en Urna, a los doce días del mes de Enero de mil novecientos setenta y uno.

General de División EP., JUAN VELASCO ALVARAOO, Presidente de la República.

General de División EP., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica. (

Vice-Alinirante AP., MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro ue Marina.

General de División EP., EDGARDO MERCADO JARR1N, Ministro de Relaciones Exierlores.

Teniente General FAP., PEDRO BADA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División EP„ ALFREDO ARRISUEÑO CORNEJO, Ministro de Educación,

General de División EP., ARMANDO ARTOLA AZCAKA-* TE, Ministro del Interior.

Contralmirante AP., JORGE DEMLEPIANE OCAMPO, Ministro de Industria y Comercio.

Contralmirante AP., LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.

Mayor General FAP., ROLANDO CARO CONSTANTINO Ministro de Salud.

General de Brigada EP., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada EP., JORGE BARANDIAKAN PAGADOR, Ministro de Agricultura.

General de Brigada EP., ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada EP., JORGE FERNANDEZ MALDO-NAIHI SOL/llil, Ministro de Enegia y Minas.

General de Brigada EP., JAVIER TANTALEAN VAN 1 NI, Ministro de Pesquería.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 12 de Enero de 1971.

General de División EP., JUAN VELASCO ALVAHADO..

General do División EP., ERNESTO MONTAGNF. SANCHEZ.

Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ

Vlce-Almlrante AP., MANUEL 8. FERNANDEZ CASTRO.

General de Brigada EP„ FRANCISCO MORALES BER-M.UREZ CERRUTTI,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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