Tipo de Norma: Ley
Número: 18715
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18715Con carácter permanente rebaja del 30°h en materia imponible
DECRETO LEY No. 1871*
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
H Gobierno Revolucionario luí dado ti Decreto-Ley si-C uiente;
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que el Articulo 3* del De-treto-Ley No, 18102, dispuso que los servidores públicos tributarán durante eL ejercicio gravable de 1970, el 30% del Impuesto que les corresponda:
Que en el Articulo 14» del Decreto-Ley No. 18150, tai rebaja de impuesto fue sustituida por el 30% en la materia imponible:
Que el Articulo 2* del De-ereto-Ley No. 18219 preciad que la expresada rebaja sólo es de aplicación a partir del 1* de Enero de 1970, fecha en que entra en vigencia la homologación de haberes fijada por el Decreto-Ley No. 17876;
Que es necesario evitar interpretaciones conflictivas en cuanto a. la limitación del beneficio sólo a] ejercicio gravable de 1970;
En uso de las facultades da que está investido: y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente :Artículo Unico. — Aclárase que la rebaja del 30% en la materia imponible proveniente de la homologación de haberes fijada por el Decreto-Ley No. 17876 y que es de aplicación a partir del 1* de Enero de 1970, no sólo está limitada al ejercicio gravable de 1970, por tener oaráctei permanente.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima,, a los veintinueve días del mes de Diciembre de mil novecientos setenta. General de División EP.
JUAN VELASCO ALVARÁ-DO, Presidente de la República.
General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General PAP ROLANDO GILARDI RODRI
GUEZ, Ministro d< Aeronáutica.
Vice-Almirante AP. MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Marina.
General de División E. P., EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Ministro de Relacione* Exteriores.
Mayor General FAP PEDRO SALA OROSCO. Ministro de Trabajo,
General de Brigada EP. ALFREDO ARRISUENO CORNEJO, Ministro de Educación.
General de Brigada EP. ARMANDO aRTOLA AZCA-RATE, Ministro del interior.
Contralmirante AP. JORGE DELLEPIANE OCAMPO, Ministro de Industria y Comercio.
Contralmirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.
Mayor General PAP. ROLANDO CARO CONSTAN-TINI, Ministro de Salud.
General de Brigada EP. FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada E. P.f JORGE BARANDIARAN PAGADOR, Ministro de Agricultura.
General de Brigada EP. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS Ministro de Transportes y Comunicaciones General de Brigada EP. JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP. JAVIER TANTALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería.
POR TANTO:
Mándo se publique y cumpla.
Lima, 99 de Diciembre de 1970.
General de División EP, JUAN VELASCO ALYARA-DO.
General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.
Teniente General PAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vice-Almirante AP. MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO.
General de Brigada E. P., FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTL
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.