Tipo de Norma: Ley
Número: 18466
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18466AMPLIAN PRESUPUESTO DEL GOBIERNO
CENTRAL PARA 1970
DECRETO-LEY No 18466
CONSIDERANDO:
Que es política det Gobierno Revolucionarlo elevar el nivel técnico-pedagógico del Magisterio Nacional mediante Programas de Capacitación y Perfeccionamiento de los docentes en servicio activo:
Que el Centro Superior de Formación Magisterial, de acuerdo al Art. 30* del Decreto-Ley N* 17522, Ley Orgánica del Sector Educación, tiene por finalidad la formación de los docentes y su posterior perfeccipnamiento desarrollando programas en toda ía República;
Que es necesario dotar al referido Centro
de un edificio adecuado a sus altos fines y para el efecto se cuenta con un saldo disponible de S|. 4131,000.00 proveniente de ejercicios anteriores abonado a la Partida 175 "Ingresos Inclasificables” del Título 1 - Ingresos del Sector Público Nacional del Presupuesto Funcional de la República en vigencia;
De conformidad con lo establecido en el Art. 57v de la Ley N’ 14816 Orgánica del Pre-supuesto y los Arts. 29 y 74 del Decreto-Ley 18088 Anual de Presupuesto Funcional de la República pam 1970;
Estando a lo Informado por la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que está In
vestido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.