Ley Nº 18457

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Tipo de Norma: Ley

Número: 18457


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 18457

PROHIBEN LLEVAR O REMESAR AL EXTERIOR MONEDA NACIONAL

DECRETO-LEY N 18457

CONSIDERANDO!

Que es necesario .dictar las medidas que impidan la especulación monetaria que afecta el normal funcionamiento del mercado cambiarlo, camplementando las disposiciones videntes sobre el particular;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Art. P— Prohíbese a las personas naturales remesar o llevar al exterior asi como ingresar moneda nacional, bajo la forma de numerario, giro o cuaquier otra orden' de pago salvo autorización expresa del* Banco Central de Reserva del Perú, el que mensualmente in-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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