Tipo de Norma: Ley
Número: 18381
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18381Crean la Dirección Ejecutiva del Proyecto Chira - Piura consignando su Presupuesto
1.4 0 Remuneración Especial
1.4.3 Hojas Extraordinarias .. M .. H .
1.4.4 Sei vidos Excepcionales ...... ‘ .1 ^
t
20.0 ftlENK.S X SERVICIOS NO PERSONAJES.
50.000.00
300,000.00
\
2.1.0 Viáticos y Gastos de Viaje e Instala*
clon.
2.1.1 Comisiones fuera del lugar de trabajo.
2.1.2 Movilidad loca!..............
2 2 0 Transportes
2.2.1 Fletes y Acarreos.......... M -
2.3 0 Servicios Públicos
2.3.1 Alumbrado y Poja Policía.....-
23 2 Fuerza Eléctrica.............-
2.3.3 Agua y Desagüe............... ..*♦
2.3.4 Comunicaciones ........ ^ ^ ~ *
24 0 Materiales y Suministros
2.4.1 Alimentos para Personas •« M
2 4.3 Vestuario ............ ...... .. .
2.4.0 Combustibles, Carburantes y Lubricantes . . . ........................
2.4.10 Utiles de Escritorio...............
2.4.14 Vajilla y Servicio de Cocina y Comedor
25 0 Compra de Equipos y Maquinarlas
2 5 1 Mobiliario y Enseres...........
2.5.2 Vehículos de Transporte ..... — ... .
2.5.4 Equipo Mecánico de Oficina .. ..
2 7.0 Mantenimiento, Repuestos y Seguros
2.7.1 Mantenimiento de Inmuebles .....
2.7.3 Mantenimiento, Repuestos de Equipos*
de Transporte..................
2.0 0 Impresiones y Publicaciones.
2.8 2 Avisos, Publicaciones y Propaganda •* 2.0.3 Impresos y Formularios •
2.9.0 Arrendamientos
2.9.1 De Inmuebles ........... * — *
2.10.0 Otros Gastos en Bienes y Servicios
8.10.3 Atenciones Oficiales..............
»
80.000 00
99
2,000.00
m
* 2,000.00
H
1.600.00
4,000 00
N
800.00
20,000.00
tt
10.000.00
H
8.000.00
99
16.000 00
ff
37,000.00
99
6,000.00
n
100.000 00
tf
300,000.00
200,000.00
m
12,000.00
B
20.000.00
s/.
8,000.00
99
6tOOO.QO
99
100,000.90
m
12,000.00
DECRETO LEY N* 18381 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha. dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO:
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Ley N<* 17463 se ha declarado de necesidad y utilidad pública la utilización de los recursos hfdrlcos de las cuencas, ríos y valles del Departamento de Piura, en función del desarrollo Integral del mismo y en conformidad con la política de desarrollo de la Reglón Norte y de todo el país;
Que, por dicho dispositivo legal se ha autorizado la ejecución de los proyectos de aprovechamiento consignados en el sistema Integrado de los recursos de agua suelo y conexos, estudiado y propuesto por la Oficina Regional de Desarrollo del Norte - ORDEN, en el Plan Director llamado "Desarrollo Integral de las Cuencas de los ríos Piura Chira y Tumbes”, para mejorar el riego de 150 mil. hectáreas en el valle de Piura, su rehabilitación y la producción de energía eléctrica en función del desarrollo integral departamental.
Que, con e! objeto de realizar la ejecución del Proyecto "Chh a-Piura”, es conveniente ia creación de una Dirección Ejecutiva del Proyecto, en la Capital de la República, cuyas funciones se fijarán en su Reglamento, el que será aprobado por Resolución Suprema;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Hado el Decreto Ley siguiente:
Articulo Io — Créase la Dirección Ejecutiva del Proyecto "Chira-Piura”.
Artículo 2o — La Dirección Ejecutiva det Proyecto "Chira-Piltra” dispondrá para el presente Ejercicio Fiscal, de un Presupuesto de 2 millones de soles oro (S/. 2 000,000.00) provenientes de trnnsferehclas de partidas en el Pliego de Agrioultu.ru,
en la siguiente forma:SECTOR 09: AGRICULTURA
PLIEGO 13: Ministerio de Agricultura
SUBPLIEGO 02: Direcciones Generales Técnicas.
PROGRAMA 1202: Conservación de Aguas e Irrigación
UNIDAD DE ASIGNACION N* III
De la Partida:
3.0. 0 Estudios y Obras por Contrato y Ad
ministración.
Í.O.t Estudios g/, TOPO ,000.005.1. t Estudios por Contrata
á-9 Programa de Estudio definitivo do drenaje y desalineación de los valles de la Costo (ira. Etapa).
SUBPLIEGO 01: Dirección Superior, Planificación y Administración.
PROGRAMA 1,200: Dirección y Administración Superior (Alta Dirección).
unidad ejecutora: Dirección Oeneral de Administración UNIDAD DE ASIGNACION N« I A las Partida:
1.0.0 REMUNERACIONES
1.1 0 Remuneración Básica.
1.1.1 Del Personal Permanente ....... S/. 117,600 00
1 Director Ejecutivo 1-2
1.1.2 Del Personal Contratado ........ .. „ 500,000.00
1.2 0 Remuneración al Cargo .. .. ....... „ 29.400 00
1.3.0 Remuneración Personal _ ...... .. „ 7,200.00 400 TRANSFERENCIAS
4.1.0 Transferencias Corrientes a Entidades del Sector Público.
4.1.8 Al Seguro Social del Empleado..... „ 48,000.00
4.2.0 Transferencias Corrientes al Sector Privado.
4.9.4 Subsidios por Familia ♦. »» .. .. ...
a/. 2000,000.00Artículo 3 — Autorízase al Ministerio de Agricultura, para que por excepción, cubra la plaza de Director Ejecutivo del Proyecto Chlra-Piura, sin las limitaciones que señala la Primera Disposición Transitoria del Decreto Ley N 17876. debiendo percibir el funcionarlo que se nombre, las Remuneraciones al Cargo y Personal presupuestadas y aprobada* por el presente Decreto Ley;
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los un día del mes de Setiembre de mil novecientos setenta.
General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO,
Presidente de la República.
General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ Presidente del Consejo de Ministros y Ministro d* Guerra.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.