Ley Nº 18360

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 18360

Amplían Presupuesto del Gobierno Central para 1970

General de Brigada EP., JAVIER TANTALEAN VANINI, Ministro de Pesquería.

DECRETO TEV N* 1M60

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

E! Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley al-guíente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:

Que, es necesario ampliar el Pliego del Ministerio del Interior del Presupuesto Funcional del Gobierno Central en vigencia en la suma de S/. 41*448,108.71 a fin de atender la reprogramación de las obras en los Centros Penitenciarios del Cuzco, lea y Lurigancho;

Que, por Decretos Leyes Nos. 17836 y 18010, se amplió el Presupuesto de la Dirección de Establecimientos Penales correspondiente al ejercicio fiscal de 1969 en la suma de S/. 43*860,249.70, con cargo al préstamo de dos millones de dólares otorgado por el Banco de la Nación para el “Plan Integral de Reforma Penitenciaria” en virtud de la autorización acordada por Ley N 15041;

Que, de la suma indicada sólo fueron utilizados S/. 2*412, 050.99, existiendo un saldo sin aplicación de S/. 41*448,198.71 como fuente financiera para la operación en referencia;

De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 57 (Inciso 1) de la Ley N 14816 y Articulo 29 de la Ley N* 180R8, Anual del Presupuesto Funcional de la República para 1970;

Con el Informe favorable de la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

En uso de las facultades de que esté investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

. Artículo Unico. — Amplíase el Presupuesto Funcional del Gobierno Central para 1970 en la suma de Cuarentiún Millones Cuatrocientos Cuarentiocho Mil Ciento Noventiocho y 71/ 100 Soles Oro (S/. 41*440,198.71), en la forma siguiente:

TITULO PRIMERO — Ingresos de) Sector Público Nacional SUB-TITULO 1 — Ingresos del Gobierno Central CAPITULO 4 — Empréstito*

I — Empréstitos Internos ......... ... S/. 41^448.198.71

■—--.......

TITULO SEGUNDO — Egreso*

SECTOR 13

PLIEGO 04 — Ministerio del Interior SUB-PLIEGO 01 — Dirección y Administración General PROGRAMA 0305 — Establecimientos Penales ASIGNACION VI

UNIDAD EJECUTORA — Dirección General de Administración

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete día* del mes de aposto de mil novecientos setenta.

General de División EP.. JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.

General de División EP, ERNESTO MONTAGNE SANCHE:; Presidente del Consejo de Ministros y Ministro d« Guerra.

Teniente General FAP, ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vlce-Almirante AP., MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Marina.

General de División EP., EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

Teniente General FAP., JORGE CIIAMOT BIGGS, Ministro de Trabajo.

General de Brigada EP., ALFREDO ARRISUENO CORNEJO, Ministro de Educación.

General de Brigada EP., ARMANDO ARTOLA AZCARA-

TE, Ministro del Interior.

( AP JORGE DELLEPIANE OCAMPO,

Ministro de Industria y Comercio.

Contralmirante AP. LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivlendu.

Mayor General FAP, ROLANDO CARO CONSTANTINÍ, Ministro de Salud.

General de Brigada EP., FRANCISCO MORALES RER-MUJV: fRurtT, Min'^rn de p-n-minia v F'n:in*as

General de Brigada EP.. JORGE BARANDIARAN PAGADOR, Ministro de Agricultura.

o. uer. l de Brigada EP.. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada EP., JORGE FERNANDEZ MALDO* NADO SOLAR!, Ministro de Energia y Minas.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 7 de agosto de 1970.

General de División EP., JUAN VELASCO ALVARADO. General de División EP, ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Teniente General FAP, ROI,ANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice-Alinirante AP., MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO General de Brigada EP., FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERItUTTI.

Partidas:

3.0.0 Estudios y Obras por Contrata y Administración

3.1.0 Estudios

S/. 200,000 00

„ 100,000.00

„ 19'079,916.84

,, 7’010,740.00

15’057,198.87

3.1.1 Estudios por Contrata........

3.1.2 Estudios por Administración ...

3.2.0 Obras

3.2.1 Obras por Contrata .........

3.2.2 Obras por Administración .....

3.3.0 Créditos Devengados y Reconocidos

SA 41’448,188.71



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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