Ley Nº 18346

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 18346

Amplían Presupuesto Funcional del Gbno.

Central de 1970 en 16’393,900. o o soles

DECRKTO LEY No. 18346 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto * Ley 4-BUien'e:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que, ee necesario ampliar el Pliego de Economía y Finanzas del Presupuesto Funcional del Gobierno Central en vigencia en la cantidad de S/. 16*393,900.00 provenientes de la emisión de “Bonos de Obras Públicas - 6%M, autorizada por Ley No. 16246 y el Decreto Supremo N 435-H de 23 de Diciembre de 1966, a íiti de continuar los pagos que resulten a favor de contratistas de obras del Sector Público Nacional por concepto de los mayores costos de material, reconocidos por la Comisión Reguladora de Precios de la Construcción:

Pe conformidad con lo dispuesto por el Articulo 57 de la Ley N 14816, Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y los Artículos 1G9 y 29 del Decreto-Ley N 10086, Anual del Presupuesto Funcional en vigencia;

De acuerdo con lo solicitado por la Dirección General de Crédito Público y lo informado por la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Con el voto aprobatorio del* Consejo de Ministros; y En uso de las facultades de que está investido;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo Unico.—Amplíase el Presupuesto Funcional del Gobierno Central de' 1970, en la suma de Dieciseis Millones Trescientos Noventitres Mil Novecientos Soles Oro (S/. 16*393 900 n0), en la Siguiente forma:

TITULO TRIMERO: Ingresos del Sector Público Nacional. SUB-TITULO I : Ingresos del Gobierno Central.

CAPITULO 4 : Empréstitos.

1.—Empréstito* : Internos,

Partida:

218-A — Bonos de Obras Públicas.—Ley 16246 8/. 16*393,900.00

TITULO SEGUNDO: Egresos. '

SECTOR 03 : Economía y Finanzas.

PLIEGO 09 : Economía y Finanzas.

SUB-PL1EGO 03 : Organos Ejecutivos.

PROGRAMA 0808 : Administración Deuda Pública.

UNIDAD EJECUTORA: Dirección General de Crédito público. Asignación N TX Unidad de Operación 0001.

Partida:

3.0.0 Estudios y Obras por Contrata y Administración

3 3.0 Créditos Devengados y Reconocidos .. B/. 10‘393,900.00

General de Brigada EP, ARMANDO ARTOLA AZCA-RATE. Ministro del Interior.

Contralmirante AP, JORGE DELLEPIANE OCAMPO. Ministro de Industria y Comercio.

Contralmirante AP, LUIS VARGAS CABALLERO, Minia-tro de Vivienda.

Mayor General FAP., ROLANDO CARO CON8TANTINI, Ministro de Salud.

General de Brigada EP, FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada EP, JORGE BARANDIARAN PAGADOR, Ministro de Agricultura.

General de Brigada EP, ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.-

General de Brigada EP, JORGE FERNANDEZ MAIDO-NADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada EP, JAVIER TANTALEAN VANINI, Ministro de Pesquería.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla,

Lima, 21 de Julio de 1970,

General de División EP, JUAN VELASCO alvarado.

General de División EP„ ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Teniente General FAP, ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ,

V’ce-Almlrante AP MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO.

General de Brigada EP. FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI.

Dado en la Cusa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de Julio de mil novecientos setenta.

General de División EP. JUAN TELASCO ALYAHADO, Presidente de la República.

General de División E.P., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vire-Almirante AP., MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Marina.

General de División EP., EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

Teniente General FAP., JORGE C1IAMOT BIGGS, Ministro de Trabajo.

General de Brigada EP. ALFREDO ARRISUEÑO CORNEJO, Ministro de Educación.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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