Tipo de Norma: Ley
Número: 18343
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18343El Presidente de la Comisión de CRYRZA tendrá las atribuciones administrativas de Mtro. de Estado
DECRETO LEY N* 18343
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que por Decreto-Ley N9 18314 se creó en el Gobierno Central el Pliego N 20 “Reconstrucción: y Rehabilitación", cuyo titular tiene rango de Ministro de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto-Ley N 18306:
Que el artículo 3 del Decreto-Ley N 18314 dispone que las modificaciones presupuéstales en el Pliego N 20, se autorizarán por Resolución Suprema del Ministerio d« Economía y Finanzas a pedido del Presidente de la Comisión de Reconstrucción y rehabilitación;
Que la naturaleza del Pliego 20 "Reconstrucción y Rehabilitación" exige que su administración Be realice en fo»-ma directa y expeditiva;
Que asimismo es necesario precisar la responsabilidad mi la administración del pliego 20 “Reconstrucción y Rehabilitación".
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio dcA Consejo de Ministros;
Ha dacfo el Decreto-Ley siguiente:
Articulo 1*— El Presidente de la Comisión de Recons-trución y Rehabilitación de la Zona Afectada (CRYRZA) tendrá por excepción, las atribuciones administrativas de Ministro de Estado.
Artículo 2o— Derógase el artículo 3 del Decreto-Ley N 18314.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los catorce días del mes de Julio de mil novecientos setenta.
General de División EP,, JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República.
General do División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP, ROLANDO GILARDI RO-DRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice-Almirante AP. MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Marina.
General de División EP, EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.
Teniente General PAP, JORGE CHAMOT BIGGS, Ministro de Trabajo.
General de Brigada EP, ALFREDO ARRISUENO CORNEJO, Ministro de Educación.
General de Brigada EP, ARMANDO ARTOLA AZCA-RATE, Ministro <fel Interior.
Contralmirante AP. . JORGE DELLEPIANE OCAMPO, Ministro de Industria y Comercio. Encargado de la Cartera de Agricultura.
Contralmirante AP, LUIS YARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.
Mayor General FAP, ROLANDO CARO CONSTANTI-NI, Ministro de Salud.
General de Brigada EP, FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTT, Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada EP, ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP, JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP, JAVIER TANTALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 14 de Julio de 1970
General efe División EP,
JUAN VELASCO ALVARA-DO.
General efe División EP.
ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.
Teniente General FAP, ROLANDO GKLARDI RODRIGUEZ.
Vice-Almirante AP. MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO.
General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.
General de Brigada EP. FRANCISCO MORALES BBR-MUDEZ CERRUTTI.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.