Ley Nº 18338

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 18338

Exoneran de impuestos sucesorios tas trasmisiones de las personas fallecidas en servicio de auxilio

DECRETO LEY Na. 1833S

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que es de justicia favorecer a los deudos de las personas fallecidas en accidentes ocurridos mientras prestaban servicios de auxilio en la zona afectada por el Sismo y el Aluvión del 31 da mayo del año en curso;

En uso de las facultades d# que está Investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Articulo Unico. — A partir del lo. de junio de 1970, exonérase de los impuestos sucesorios las trasmisiones a que se refieren los artículos lo.. 2o, y 5o. de la Ley No. 8227, de las personas fallecidas en accidentes producidos con ocasión de prestar servicios de auxilio en la zona afectada por el Sismo y A-luvíón del 31 de mayo del presente año.

Dado en la Casa de Gobierno; en Lima, a los catorce dias dél mes de Julio de mil novecientos setenta.

General de División EP. JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.

General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro d« Guerra.

Neníente General PAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vlce-Almirante A. P. MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Marina.

General de División EP. Ef»r ARDO MERCADO JA-RRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

Teniente General PAP. JORGE CHAMOT BIGGS, Ministro de Trabajo.

General de Brigada EP. ALFREDO ARRISUEÑO CORNEJO, Ministro de Educación.

General de Brigada E.P. ARMANDO ARTOLA AZCA-RATE, Ministro del Interior.

Contralmirante AP. jorge DELLEPIANE OCAMrO, Ministro de Industria y Comercio, Encargado de la Cartera de Agricultura.

Contralmirante A. P., LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.

Mayor General PAP. ROLANDO CARO CONSTANTINO Ministro de Saluda

General de Brigada E. P. FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTL Ministro - de Economía y Finanzas.

General de Brigada EP. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones

General de Brigada E. P., JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada E. P., JAVIER TANTALEAN VANI-NI, Ministro de Pesquería.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima. 14 de Julio de 1970.

General de División EP.,

JUAN VELASCO ALVARA-DO.

General de División EP - ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

^emente General P A P., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

V'.ce Almirante AP , MANUEL 9. FERNANDEZ CASTRO.

General de Brigada E. P , FRANCISCO M0RALE8 BEtt-MUDEZ CERRUTTL



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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