Ley Nº 18322

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 18322

Declaran en reorganización a la Beneficencia Pública de Truj'illo

DECRETO LEV No. 18322

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REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley si-guiante:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-Ley No. 17523 Orgánico del Ministerio de Salud, dispone que los Oígan ismos Públicos Descentralizados se ceñirán a la política general del Sector, rigiéndose'por sus propias leyes y que las Sociedades Públicas de Beneficencia dis-pondrán de un Cuerpo Directivo de tipo resolutivo, cuya composición será fijada por ley;

Que los Miembros de la Sociedad de E'cncílcencla Pública de Trujillo han renunciado corporativa mentó para dejar en libertad al Gobierno la reestructuración de su administración, adecuándola a la proyectada

sectoriznclón de la Administración Pública, encomendando la labor a personal técnico con las facultades necesarias para el lleno de su cometido;

Que en tanto dure la labor reorganizadora, la Comisión encargada debe administrar a la citada Sociedad como Cuerpo Directivo, a fin da asegurar la continuidad de los servicios que presta;

Que es necesaria la elaboración del Plan de Reorganización y de Promoción con el fin de movilizar todos los recursos económicos para lograr la autofínanciacióo y mejora de los servicios asís* tendales a cargo de la aludida Sociedad de Beneficencia;

En uso de las facultades de que es(á investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Tía dado el Decreto-!.,cy siguiente:

Artículo 1.— Declárase en estado de reorganización la Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo.

Articulo 2°.— Encárgase la reorgrniznción a uná Comisión con carácter temporal ncl-honomn que actuará como Clic* po Directivo, integrada por siete miembros nombrados por Resolución Suprima y. además, por el Fiscal más antiguo de la Corle Superior de La Libertad y el Jefe del Area de Salud de dicho Departamento, como miembros natos. Bu la propia Resolución se nombrará al Presidente.

Artículo 3p.— La Comisión a que se refiere cV artículo anterior tiene a su cargo la administración de la Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo, con los poderes y facultades de orden administrativo requeridos para el cumplimiento de su cometido, dejándose en suspenso para solo este efecto, la. Ley 0128 y el Reglamento Orgánico de la referida So-clcHad¿ aprobado por Resolución Suprema de 20 de Enero de 1949.

Artículo 4— La Comisión presentará al Ministerio de Salud los Places de Reorganización y Promoción con el fin de movilizar todos sus recursos económicos para lograr la autofinanciación y mejora de sus servicios asis-tcnciales.

Artículo 5.— La Comisión terminará sus funciones al ser promulgada la Ley General de Sociedades de Beneficencia Pública.

Artículo 6o.— Derógase, modifícase o suspéndase, en su caso, todas las disposiciones legales y administrativas que se opongan al cumplimiento deí presente Decreto Ley.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días dél mes de Junio de mil novecientos setenta.

General de División E. P.„ JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República.

General de División E. PM ERNESTO MONTAGNE SANCHE Z, Presidente dél Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRI

GUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice-Almirante AP MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Marina.

Teniente General EAP JORGE CIIAMOT HIGOS, Ministro de Trabajo.

General de Brigada EP ALFREDO ARRLSUENO CORNEJO, Ministro de Educación. Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores

General de Brigada EP ARMANDO AUTORA AZCA-RATE, Ministro del Interior.

Contralmirante AP JORGE DELLEFLVNE GUAMPO, Ministro de Industria y Comercio.

Contralmirante AP LUIS E.

VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.

Mayor General FAP Rolando CARO CONttTANlT-

NI, Ministro de Salud.

General de Brigada EP

FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de , Brigada EP

JORGE BARANDIARAN PAGADOR, Ministro de Agricultura.

General de Brigada EP

ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada EP

JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada EP

JAVIER TANTALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería.

POR TANTO!

Mando se publique y cumpla.

Lima, 23 de Junio de 1970.

General de División EP

JUAN VELASCO ALVARA-DO.

General de División EP

ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice-Almirante AP MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO.

Mayor General FAP. ROLANDO CARO CONSTANTIr-NL



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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