Tipo de Norma: Ley
Número: 18298
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18298EL GOBIERNO CREA LA PROVINCIA DE ILO EN DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA
PECRETO-LEY N 18298 Considerando:
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Que las condiciones sociales, políticas económicas y geográficas de la zona de lio, de la
Provincia de Mariscal Nieto, del Departamento de Mouegua, determinan su aptitud para ser elevada a la categoría de Provincia;
Que el pronunciamiento de la Sociedad Geográfica de Lima es favorable a tal creación;
En uso de las facultades de que está in-vestido; y
Con el voto aprobatofio del Consejo de Ministros;
Ha dado eí Decreto-Ley siguiente:
Art. 1*— Créase la Provincia de lio, en el Departamento de Moquegua , cuya Capital será (a ciudad de lio.
Art. 2v— La Provincia de Ho estará integrada por el Distrito de lio, su Capital la ciudad de lio; y por los nuevos distritos de Paco-cha, con su capital Pueblo Nuevo; y El Alga-rrobaT, con su capital el pueblo de El Algarroba!, que este Decreto-Ley crea.
Art. 3v— Los límites de la Provincia de lio serán los siguientes, por el Norte, el límite departamental entre Arequipa y Moquegua, desde el Océano Pacífico hasta Cerro El Abra; por el Este, una línea que va de Cerro El Abra, por Cerro El Morro, Cerrillos Negros, Cerros del Infiernillo, Cerros de Osmore V
Estación Hospicio, hasta el encuentro de
Quebrada Hondo con Quebrada Seca; por el Sur, el límite departamental entre Tacna y Moquegua, desde Quebrada Honda hasta Punta Icuy en el Océano Pacífico; y por el Oeste, el Océano Pacífico,
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.