Ley Nº 18228

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 18228

Tipo de Norma: Ley

Número: 18228


Visualización de la norma: Ley 18228



Descargar Ley 18228 en PDF -

documento PDF

 18228

Ministerio de Economía hará apertura y Transferencia de Partidas Of. de Integración

DECRETO LEY N 1R228 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que es necesario modificar las transferencias consideradas en el Programa 0015 — Oiicina Nacional de Integración cel Pliego 01 — Presidencia de la República, del Presupuesto Funcional del Gobierno Cenital para 1S70, a fin de que dicho Programa se haga cargo de la adquisición del terreno, construcción y equipamiento del inmueble que el Gobierno Peruano donará para la sede del Grupo Sub-Regional Andino;

Que para el fin Indicado, es necesario ampliar las partidas 2.5.1 Mobiliario y Enseres, 2.9.1 Arrendamiento de Inmuebles; así como aperturar las nuevas partidas 2 6.1 Compra de terrenos. 3.1.2 Estudios por Administración y 3 2.1 Obras por Contrata del Programa 0015 — Oficina Nacional de Integración: Sub-Pliego 01 — Presidencia de la República; Unidad de Asignación XIX del Pliego 01 — Presidencia de la República;

Que es procedente la operación solicitada de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 16c y 26° inciso b) de la Ley N° 18088, Anual del Presupuesto Funcional en vigencia y io informado por las Direcciones Generales de Administración de la Presidencia de la República y Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo Unico— Autorízase a) Ministerio de Economía y Finanzas para realizar la siguiente operación de apertura y transferencia de partidas dentro del Programa 0015 oficina Nacional de Integración; Sub-Pliego Presidencia de la República — Unidad de Asignación XIX del Pliego 01 — Presidencia de la República del Presupuesto Funcional del Gobierno Central para 1970, hasta por la suma de Veinticinco Millones de Soles (S/. 25'000,000.00) en la íorma siguiente:

PLIEGO 01 — PRESIDENCIA D'E LA REPUBLICA SUB-PLIEGO 01 — PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA PROGRAMA 0015 — OFICINA NACIONAL DE INTEGRACION ASIGNACION XIX

UNIDAD EJECUTORA: OFICINA NACIONAL DE

INTEGRACION.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a loe diecisiete dias del mes de Abril de mil novecientos setenta.

General de División EP, JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.

General de División EP, ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP, ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice-Almirante AP, MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Marina.

General de División EP, EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

Teniente General FAP, JORGE CIIAMOT BIGGS, Ministro de Trabajo.

General de Brigada EP., ALFREDO ARRISUENO COR NEJO, Ministro de Educación.

General de Brigada EP, ARMANDO ARTO LA AZC ARATE, Ministro del Interior.

Contralmirante AP. JORGE DELLEPJANE OCAMPO, Ministro de Industria y Comercio, Encargado de la Cartera de Agricultura.

Contralmirante AP, LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.

Mayor General FAP., ROLANDO CARO CONSTANTINO Ministro de Salud.

General de Brigada EP., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada EP, ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada E.P., JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada EP., JAVIER TANTALEAN VANINI. Ministro de Pesquería,

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 17 de Abril de 1970.

General de División EP., JUAN VELASCO ALVARADO.

General de División EP., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice—Almirante AP. MANUEL s. FERNANDEZ CASTRO

General de Brigada E.P. FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI

De la Tartida:

4 0.0 Transferencias

4 5.0 Transferencias al Exterior ...... 25*000.000

A la« Partidas:

2.0. 0 Bienes y Servicios no Personales

4‘000,000

6’000,0i»0

1*125,000

56,000

13'819.000

2.5.0 Compra de Equipos y Maquinaria

2.5.1 Mobiliario y Enseres .............

2.6.0 Adquisición de InmuebleB

2 6.1 Compra de Terrenos (apertura) ....

2.9.0 Arrendamientos

2.9.1 De Inmuebles..................

3.0. 0 Estudios y Obras por Contraía y

Administración.

3.1.0 Estudios

3.1.2 Estudios por Administración <Apertura)

3.2.0 Obras

3.2.1 Obras por Contrata (apertura) .—

25’000,000



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos