Ley Nº 18098

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 18098

Ministerio de Economía Emitirá Nueva Serie de Bonos del Tesoro

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EL PRESIDENTE DE lX REPUBLICA

POR CUANTO!

El Gobier© Revolucionario lm dad*, el Decreto-Ley 8f-guíente:

EL aOBlSRNO RX.VOLIJ-C ION ARIO

CONSIDERANDO:

Que es necesario dictar dj.v posiciones para cancelar al Banco db la Noción la deuda det Tesoro Público por lo» íluanciamJenlos transitorio» del Presupuesto Funcional de ]a República de 1900, deuda que asciende a 3/. Z,S29’1S!Z^ 794.13;

En usó de Jan facultades de que esfcft Investido; y

Con el voto aprobatorio dtel Consejo de Ministro*;;

Ha dado el Decreto. Ley siguiente:

Articulo 1*. — Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas para emitir una nueva serle de Bonoe, del Tesoro por un monto total dé SA 2,600(000,000,00 (Do* MU Seiscientos Millones de Soles O-

* *

ro), divididos en diez Subserles, cada una de igual monto y amortizare anualmente, de tal manera que la emisión total quede integramente pagada en> el término de Id (-titea) afloe; Bato» bono» devengarán Un interés del 30% anual, pagadero trimestralmente- y no alecto a. Ulngüo impuesto creado o-por crearse. Loe titulo» correspondientes serán súscripios por el Ministro de Economía. y Finanzas* ti Director General de Crédito Público y el contralor General de la República.

Artfculo 2^. — Autorízase al Ministerio de Economía y Finaran» para entregar al Banco de La Nación toe bono» a que se refiera el presente Decreto Ley* en cancelación de fa deuda det Tesoro Público, por el ftnnncia-miento del Presupuesto Funcional de' la República, de 1.960.

Articulo IR. — 10 Ministerio de Economía y Finanzas consignará anualmente en el Presupuesto Funcional de la República las partidas necesaria» par» ft» amortización y el* pago* de loe intereses dte la emisión que se autoriza por el presente Decreto Ley a partir del Presupuesto Funcional de 1971.

Dado en la Casa de Gobierno». en' Urna, a los seis dias del mes de enero de mil novecientos setenta.

General de División 1P JUAN VELASCO ALTARA-DO, Presidente de la República.

General de División EP ERNESTO MONTAONE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro do Guerra.

Vlce Almirante AP. MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Marina.

Teniente Genieraí FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica!.

General de Brigada E. P., ARMANDO ARTOLA AZCA-R/VTF, Ministro del Interior;.

General de. División E. P'-EDGARDO MERCADO JA-ItRlN, Ministro de Relacione* Exteriores-

General d« Brigada. R. P-.

FRANCISCO M ORALE 8 BEItMIJDEZ CEKrtUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada EP ALFREDO ARRISUEÑO CORNEJO, Ministro de Educación. Mayor Oral. FAP. ROLANDO CARO CONSTANTINO Ministro de Salud.

Tcnieote Gral. FAP. JORGE CflAMOT BIGGS, Ministro. de Trabajo.

General de Brigada EP JORGE BARANDIARAN PAGADOR, Ministro de Agricultura y Pesquería.

Contralmirante AP JORGE DELLEMANE OCAMPO, Ministro de Industria y Comérmelo.

General de Brigada EP ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada E. P., JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

Contralmirante AP LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 6 de Enero de 1970.

General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO.

General de División EP ERNESTO MONTAGNE SAN» CUE2L

Vice-Almirante AP. MANUEL FERNANDEZ CAS-TROi

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

General de Brigada KP. FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTL



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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