Ley Nº 1803

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1803


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 01803

LEY N.° 1803

Croando la plaza de médico sanitario en la provincia de Cutervo

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los quince días del mes de noviembre de mil novecientos doce.— Rafael Villanueva, Presidente del Senado.—J. de D. Salazar O., Presidente de la Cámara de Diputados.—

Aníbal Fernández Dávila, Pro-Secretario del Senado.—Julio Abel Raygadat Diputado Secretario.

AlExcmo. Sr. Presidente de la República

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Créase la plaza de médico sanitario en la provincia de Cutervo con el haber mensual de quince libras, que se consignarán en el próximo presupuesto de la República, en el pliego extraordinario del Ministerio de Fomento.

Por tanto: mando se imprima, publique y circule, y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los veintiséis días del mes de abril de mil novecientos trece. — Guillermo E. Billinghurst.—F. Málaga Santo-la Ha.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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