Tipo de Norma: Ley
Número: 18026
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18026Decreto Ley No. 18026 que crea
I
el Ministerio de Pesquería
decreto ley
Nt 18026
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
EJ Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que el Estatuto del Gobierno Revolucionario ha fijado corno uno de los objetivos básicos de su acción, la'transformación de la estructura del Estado, para, hacerla más dinámica y eficiente;
Que dicha transformación 6e viene operando con la reforma de la estructura del Sector Público y la racionalización de la Administración Pública
Que es necesL seguir imprimiendo al Sector Público x\i\ carácter eminentemente dinámico, que haga posible la ti ansformación de las estructuras económicas, sociales y culturales, para una mejor orientación de las políticas de desarrollo y de seguridad nacional;
Que constituye concepto orientador de la reforma, que el Ministerio es la institución central de cada Sector y que al Ministro compete la funcíóh primordial de dirigir él mismo, de acuerdo con
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Artículo 2^.— Modificase el Artículo 12° del Decrcto-ljcy 17271, en los siguientes términos:
“Artículo 12^.— Corresponde al Ministerio de Agricultura: dirigir, promover y regular la conservación, Incremento y distribución de la riqueza agrícola, forestal y ganadera".
Artículo 39.— Ampliase el Decreto-Ley N 17271 con el siguiente artículo:
"Corresponde al Ministerio de Pesquería: dirigir, promover y regular la conservación, incremento, extracción, transformación y comercialización de la riqueza pesquera0.
Articulo A9.— El Ministerio de Pesquería que crea el presente Decreto-Iicy Iniciará sus funciones el 1* de Marzo de 1970, de conformidad con su correspondiente Ley Orgánica.
Artículo 5*,— Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto-Ley.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciseis díps del mes de Diciembre de mil novecientos sescnlimieve.
General de División E. P. JUAN VELASCO ALVARA-
DO, Presidente de la República.
General de División E. P. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente dei
rlü Hllislplrn» « lf I.
POR TANTO:
Mundo i« publique y cumpla
Lima, 16 de Diciembre de 1969.
General de División E. P.
JUAN VELASCO ALVARA-
I>0.
General de División E. P. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.
Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vice—Almirante AP. ENRIQUE CARROÑE!. CRESPO.
General de Brigada EP. FRANCISCO MORALES dehmudez CERRUTTI.
. General de Brigada EP,
JORGE BARANDIARAN PA-'GADOU.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.