Ley Nº 17852

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 17852

Tipo de Norma: Ley

Número: 17852


Visualización de la norma: Ley 17852



Descargar Ley 17852 en PDF -

documento PDF

 17852

Oficina Nacional de Desarrollo Reestructurará su Presupuesto

162.000.00 S/. 600.000.00

9,000.00

DECRETO LEY N 17852

EL PRE6I DENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que por Decreto-Ley N 17160 se declaró en reorganización el Instituto Nacional de Cooperativas. —INCOOP—, designándose una Comisión encargada de formular el Plan General de Reorganización de dicha entidad;

Que por Decreto-Ley N 17532 se crea la Oficina Nacional de Desarrollo Cooperativo —ONDECOOP—, el mismo que en su Octava Disposición Complementaria dispone su constitución teniendo en consideración el estudio formulado -por la mencionada Comisión Reorganizadora;

Que la Primera Disposición Transitoria del citado Decreto-Ley N 17532, prescribe que Jo6 recursos de personal del ex-Instituto Nacional de Cooperativas —INCOOP—, pasan a formar parte de la Oficina Nacional de Desarrollo Cooperativo —ONDECOOP—;

Que el Presupuesto que formuló la Administración del ex-Instituto Nacional de Cooperativas —INCOOP—, no se adecúa a la Estructura Orgánica y Funcional de la Oficina Nacional de Desarrollo Cooperativo —ONDECOOP—. por lo que es necesaria su reestructuración, asi como la ampliación de su Presupuesto Puncional de 1968;

Que- es procedente la ampliación en referencia, de conformidad con lo dispuesto en el Inciso 3 del Artículo 57 de la Ley N 14816, Orgánica del Presupuesto Puncional y el Articulo 28 del Decreto-Ley N 17556, Anual del Presupuesto Funcional de la República, y lo informado por las Direcciones Generales de Contabilidad y de Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas;

En uso de las facultades de que está investido: y.

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Articulo — Autorizase a la Oficina Nacional de Desarrollo Cooperativo, para reestructurar su Presupuesto Funcional correspondiente al año 1969, siempre que ella no modifique los totales presupuéstales que a nivel de partida genérica contenga el Presupuesto a reestructurar.

Artículo 2 — Ampliase el Presupuesto Funcional de la Oficina Nacional de Desarrollo Cooperativo —ONDECOOP—, correspondiente al año 1969, en la suma de SEISCIENTOS. MIL SOLES ORO (8/. 600,000.00), importe procedente como Recurso Propio del saldo de la liquidación del Ejercicio Presupuesta! de 1968 del ex-Institutó Nacional de Cooperativas •—INCOOP—, a fin de que pueda cubrir las necesidades de servicio ai Sector Cooperativo, que se aplicarán a las siguientes partidas:

Sub-PIiego Unico. — Presidencia de la República.

Programa XIII. — Promoción y Control del Cooperativismo Peruano.

Unidad Ejecutiva. — Oficina Nacional de Desarrollo Cooperativo.

1.0.0 Remuneraciones Fersonalee.

1.1.0 Remuneraciones Básicas.

1.1.3 Remuneraciones del Personal: Contratado.

División de Inspectoría Especialista Inspector (6 meses) .........

S/. 72.000.00

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de Octubre de mil novecientos sesentinueve.

General de División EP., JUAN VELASCO ALVARADO,

Presidente de la República.

General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SAN-CIIEZf Presidente del Consejo de Ministros y Ministro d»

Guerra.

Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice Amirante AP., ENRIQUE CARBONEL CRESPO, Ministro de Marina.

Mayor General FAP., EDUARDO montero rojas, Ministro de Salud.

General de Brigada EP., EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP ALFREDO ARRISUENO CORNEJO, Ministro de Educación.

General de Brigada EP., ARMANDO ARTOLA AZCARA-

TE, Ministro del Interior.

Mayor General FAP. JORGE CHAMOT BIGGS, Ministro de Trabajo.

Contralmirante AP. JORGE CAMINO DE LA TORRE, Ministro de Industria y Comercio.

Contralmirante AP. LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.

General de Brigada EP. FRANCISCO MORALES BER-MUDES CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada EP. JORGE barandiaran paga-DOR, Ministro de Agricultura y Pesquería.

General de Brigada EP., ANIBAL meza CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada EP. JORGE FERNANDEZ MALDONA-DO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 14 de Octubre de 1969.

General de División EP. JUAN VELASCO ALVARADO. General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Teniente General FAP, ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice-Almirante AP ENRIQUE CARBONEL CRESPO. General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Haber Básico

No. de

Haber Básico

Placa*

Anuales

División de Planificación Especialista (7 meses) .

S/. 14,000.00

1

s/.

98,000.00

División de Organización y Métodos

Especialista (7 meses) .

„ 12,000.00

1

0

84,000.00

División de Administración Administrador (7 meses)

* 10.000.00

1

H

70.000.00

Secretaria (6 meses) . .

„ 3,000.00

I

V#

18.000.00

Dirección de Desarrollo Especialista de Capacitación 17 meses).....

„ 12,000.00

1

m

84,000.00

Unidad de Asistencia Técnica

Especialista en Vivienda (7 meses)........

„ 12,000.00

1

n

84.000.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos