Ley Nº 17825

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 17825

Amplían Presupuesto Funcional de la República Correspondiente al Año Fiscal de 1969

DECRETO LEV N* 17**5

3*135367.00

5*400,400.00

375,645.00 3*484,716 00

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

S3 Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley titúlente:

KL GOBIERNO REVOLUCIONARIO;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley N*> 17528, Ley Orgánica del Sector Vivienda, ae ha cumplido cao integrar en forma definitiva a este Sector loe organia-teca que integraban la ex-Junta Nacional de la Vivienda hasta tí 50 de Junio de 1869;

Que, el «x-IClnlitro de justicia y Cuito encargado del nuevo Minutario de Vivienda, al remitir tí Proyecto de Presupuesto para tí Ramo de Vivienda al Ministerio de Hacienda y Comercio, hoy de Economía y Finanzas (según Decreto Ley 17703), acompañó el correspondiente a la Junta Nacional de la Vivienda por un monto ascendente a 6/. 317*746,099.00 para 5 meses, tí mismo que por el régimen especial 4 que estaba sujeto tí organismo en mención, deberla ser presentado posteriormente a las Direcciones Generales de Contabilidad y de Presupuesto, como también a la Contraloria General de la República, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 9 del Decreto Ley N* 17556;

Que, por rosones de organización interna en el Ramo, se ha dispuesto que se integre a la Dirección General de Administración del Ministerio de Vivienda, el Servicio de Mantenimiento de Transportes de la ex-Junta Nacional de la Vivienda, para lo cual deberá transferirse loa fondos que corresponden a dicha -dependencia a la Dirección anteriormente indicada; asimismo, habiéndose promulgado el Decreto Ley 17729 que aprueba los Estatutos y Estructura de la Empresa de Administración de Inmuebles, creada por el Articulo 51* del Decreto Ley 17526-y por el Articulo 31* del Decreto Ley anterior, se creó la Comisión Liquidadora de la ex-Junta Nacional de la Vivienda la que se considera dentro del Presupuesto de la Dirección General de Administración; por lo que, m necesario financiar los gastos que ello Implica, tomando como base tí Presupuesto de la ex-Junta Nacional de la Vivienda y efectuando la transieren-tía pertinente;

Que. liquidada la Junta Nacional de la Vivienda, loa créditos presupuestóles que tenían asignados, después de cubierto su proplq Ejercicio Presupuestal hasta tí 30 de junio de 1969, deberte transferirse a las Direcciones Generales de Viviedda, Cooperación Popular y Pueblos Jóvenes, Obras Sanitarias, Oficina de Planeamiento y Desarrollo Urbano y 'Empresa dé Administración de Inmuebles, para el cumplimiento de las metas asignadas a cada uno de estos orga

nismos;

Qué. la Empresa de Administración de Inmuebles, generare fondos mediante el sistema de recuperaciones, por lo que te considera aplicable el inciso 3* del Articulo 57* de la Ley N* 14616. Orgánica dtí Presupuesto Funcional de

la Repóhtea»

Ote, tí Presupuesto de la ex-Junta Nocional de la Vivienda para tí Ejercicio del año 1909 ascendente a 8/. ail*748,699.00 se descompone en la siguiente forma: a) Gastado por la ex-Junta Nacional de

la Vivienda, periodo de Abril a Junio 8/. 45*908,099.00

fe) Fue transferir al Ministerio de Vivienda para el periodo de Julio a Diciembre a través de las recuperaciones que efectúe la Empresa de Administración de Inmuebles...... 107*285.300.00

e) Empresa de Administración de Inmuebles .......... 64*604,700.00

Que, en consecuencia es necesaria la ampliación mediante transferencia por 8/. 107*235300.00 de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 28* del Decreto Ley 17556, Anual del Presupuesto r'uncional de la República;

Estando a lo informado por las Direcciones Generales de Presupuesto y Contabilidad del Ministerio de Economía y Finanzas;

En uso de las facultades de que está Investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Articulo 1* — Ampliase en ciento siete millones doscientos treinticinco mil trescientos soles oro <8/. 107*235300.00) en la forma siguiente, el Presupuesto Funcional de la República correspondiente al afio fiscal de 1969;

TITULO I Ingresos

8ub-Título I: Ingresos del Gobierno Central.

Capitulo V: Transferencias.

Del Sub-Sector Público Independiente:

—Ex-Junta Nacional de la Vivienda .. 6/. 14*004,099.00

—Empresa de Administración de Inmuebles ........................ 93*231301.00

S/. 107*235300.00

TITULO n

Egresos

Pliego 19: Vivienda.

8ub-Pliego I: Despacho Ministerial y Administración General del Ramo.

Programa II: Dirección General de Administración.

Unidad Ejecutora: Despacho Ministerial y Administración General del Ramo. Unidad de Asignación N* T:

Partidas

1.0.0 Remuneraciones Personales .. .. S/.

2.0.0 Bienes y Servicios no Personales ..

1.0. 0 Estudio* y Obras por Contrata y

Administración............ „

4.0. 0 Transferencias............ „

8/. 12*396,628.00

Programa IV: Oficina de Planeamiento y Desarrollo Urbano.

Unidad Ejecutora: Despacho Ministerial y Administración General del Ramo.

Unidad de Asignación N* 4:

Partida

1.0.0 Remuneraciones Personales 8/. 295,072.00

Sub-Pliego II: Dirección General de Obras Sanitarias.

Programa Unico: Dirección General de Obras Sanitarias.

Unidad Ejecutora: Dirección General de Obras Sanitarias.

Unidad de Asignación N* o:

Partida

3.0.0 Estudios y Obras por Contrata y

Administración .. «• .. .. ... .. S/. 1*163,000.00

B/. 217*748,099.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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