Ley Nº 17758

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 17758

Aumentan el Presupuesto Fucional de la República para 1969 de Gbno. Central

DECRETO LEY N* 17758 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N 15653 se declaró de necesidad y utilidad pública la expropiación del inmueble, ubicado en el distrito de la Victoria, sito en el Jr. Roque Sáenz N 253, en el cual el Club Deportivo Flecha, ha construido las instalaciones necesarias para el desarrollo de sus actividades;

Que. el Art. 6 de la referida Ley N 15653, disponía se consignase en el Presupuesto la partida necesaria para la expropiación en referencia, con cargo a los fondos provenientes de la Ley de Fomento al Deporte;

Que, per Resolución Suprema N 0276 del 22-3-68, se encargó la iniciación del procedimiento expropiatorio correspondiente, al Procurador General de la República, actividad que se encuentra prácticamente concluida y en estado de consignar ante el Juez de Primera Instancia del Décimo Juzgado Civil, la suma de Setecientos síes mil docientos sesentisies soles oro (S/. 706,266.00) monto al que asciende el resultado do la pericia dirimente del Cuerpo Técnico de Tasaciones;

Que, el Comité Nacional de Deportes dentro de su sistema de recaudación, ha introducido nuevos procedimientos que permitirán asegurar un incremento en los ingresos provenientes de la Ley N 14784 del Fomento al Deporte, actividades que ocasionarán mayores egresos por un monto de Setecientos no-ventitres mil setecientos treintícuatro soles oro (S/. 793,734.00).

De conformidad con el Art. 28 del Decreto-Ley N 17556 Anual del Presupuesto Funcional de la República para el presente ejercicio fiscal; y con los informes favorables de la Dirección General de Contabilidad y de Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Articulo 1 — Ampliase el Presupuesto Funcional de la República para 1969, Título I; Sub-Titulo I; Gobierno Central, Capítulo II, Ingresos Destinados Partida N 75 por la cantidad de Un millón quinientos mil soles oro (S/. l’5co,00o.oo>.

Articulo 2 — Amplíase el Presupuesto Funcional de la República, Sub-Título II, Ingresos del Sub-Sector Público Independiente, Comité Nacional de Deportes Capítulo I, Transferencias Sub-Capitulo I, Transferencias corrientes del Gobierno Central, por Ingresos Destinados por un monto de Un millón quinientos mil soles oro (S/. I’500,000.00).

Artículo 3 — Amplíase el Presupuesto de Egresos del Volumen I, Gobierno Central Pliego 11 Ministerio de Economía y Finanzas, Partida 4.1.0. Transferencias corrientes a entidades del Sector Público Nacional, 4.1.1. Organismos Públicos Descentralizados, al Comité Nacional de Deportes por mayores recaudaciones de los Ingresos Destinados provenientes da la Ley N° 14784 del Fomento al Deporte por un monto de Uo millón quinientos mil soles oro (SA 1’500,000.00).

Artículo 4 — Amplíase el Presupuesto de Egresos del Volumen II, Sub-Sector Público Independiente, Comité Nacional de Deportes por un monto de Un millón quinientos mil soléS oro ts/. 1'500,000.00) que se aplicarán a las Partidas siguientes:

1.0. 0 Remuneraciones Personaler

1.3.0 Otras Remuneraciones

1.3.5 Por servicios excepcionales. t5í, 793,734.00

2.0. 0 Bienes y Servicios No Personales

2.6.0 Adquisición de Inmuebles (Para la Expropiación del Local del Club Deportivo • Flecha’’ en cumplimiento de la Ley

15653). 706,266.00

Artículo 5 — Exceptúase de los efectos del Decreto-Ley N 170S0 al Comité Nacional de Deportes. 7

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de Agosto de mil novecientos sesentinueve.

General de División EP. JUAN VELASCO ALYARADO Presidente de la República. '

General de División EP, ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro d« Guerra.

Vlce-Almirante AP. ALFONSO NAVARRO ROMERO, Ministro de Marina.

Teniente General PAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

General de Brigada EP., ARMANDO ARLOLA AZCARA. TE, Ministro del Interior.

General de Brigada EP., EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP., ALFREDO ARRISUENO CORNEJO. Ministro de Educación.

Mayor General FAP.t EDUARDO MONTERO ROJAS, Ministro de Salud.

Contralmirante AP., JORGE CAMINO DK LA TORRB, Ministro de Industria y Comercio.

General de Brigada EP. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Contralmirante AP., LUIS VARGAS CABALLERO, Ministra de Vivienda.

General de Brigada EP., JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLARI, Ministro- de Energía y Minas, Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas.

Mayor General FAP, JORGE chamot biggs, Ministro de Trabajo.

General de Brigada EP., JORGE BARANDlAltAN PAGA* DOR, Ministro de Agricultura y Pesquería.

POR TANTO;

Mando se publique y cumpla.

Lima, i de Agosto de 1969.

General de División EP. JUAN VELASCO ALYARADO.

General de División EP, ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Vice-Almirante AP ALFONSO NAVARRO ROMERO.

Teniente General PAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

General de Brigada EP. JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLARI, Ministro- de Energía y Minas, Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas.

General de Brigada EP., ALFREDO ARRISUENO CORNEJO, Ministro de Educación.

TOTAL! SA 1’500,000'.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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