Ley Nº 17753

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 17753

Se ha Decidido Cambio de Nombre de la EPF por la de PETROPERU

DECRETO LEY !f* 1TT5J

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-ley «iguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Ley No. 17066 se declaró de necesidad, utilidad y seguridad públicas la expropiación del denominado Complejo Industrial de Talara, que comprende la Refinería de la ciudad de Talara con sus &~ nexos y tanques de almacenamiento del Tablazo de Talara; instalaciones de Verdón Alto incluyendo las Plantas de destilación, eléctrica y de agua de Portachuelo: los sistemas de transporte de gases e hidrocarburos análogos; las instalaciones portuarias; los campamentos; la superficie del fundo La Brea y Pariñas en las partes que fueren de dominio privado; y todo lo que sea a-nexo y accesorio a dicha Complejo Industrial;

Que por el referido Decreto-Ley ae autorizó al Ministerio de Fomento y Obras Públicas a iniciar y culminar el procedimiento de expropiación de les referidos bienes» debiendo tenerse en cuenta» para loa efectos del pago, el monto de los adeudos que tiene la Intematio-nal Petroleras Companj* LtrL A forcé del Estado;

Que en cumplimiento ds dicho dispositivo el Supremo Gobierno ha Iniciado y culminado ante el Juagado de Primera Instancia de Talara el procedimiento de expropiación, habiendo loe peritos dirimentes del Cuerpo Técnico da Tasaciones fijado el precio de los bienes en B/. 2,748*292,65A 37 que ha sido consignado a la orden del referido Juzgado en el Barreo de la Nación, de acuerdo

»iiey.;

Que, asimismo, el Estado por intermedio del Ministerio de Fomento y Obras Públicas inició el procedimiento administrativo para el cobro de los adeudos a cargo de la Intemational Petroleum Compan y originados en el valor de los productos ex

traídos de los yacimientos de La Brea y Par ifias desde el año 1924, que según los peritos del Estado se valorizan en 8/. 26/123*289,752.10;

Que igualmente» en cumplimiento del expresado Decreto-Ley No. 17068 la Fuerza Armada tomó oportunamente posesión de los yacimientos de La Brea y Fariñas y del Complejo Industrial de Talara, habiéndose hecho cargo la Empresa Petrolera Fiscal de la administración de dichos yacimientos y del referido Complejo Industrial;

Que es conveniente a los intereses nacionales afectar en propiedad tales bienes a la Empresa Petrolera Fiscal, que actualmente sólo tiene la condición de administradora, que no se compadece can las responsabilidades y decisiones que se tienen que tomar a fin de obtener un e-ficiente funcionamiento de «se valioso Complejo industrial, Intimamente vinculada al abastecimiento de combustible a nivel nacional;

Que, «a necesario sustituir la denominación de la Empresa Petrolera Fiscal poro-tro que ofrezca la concepción de una entidad autónoma.

En uso de las facultades de que está investido; y,

Con tí voto aprobatoria del Consejo de Ministras;

Ha dado tí Decreto—Ley siguiente:

Articulo 1. — Denominase Petróleos del Perú (PKTRO* PERU) a la Empresa Petrolera Fiscal, quedando modificados, en este sentido, lo* artículos pertinentes del Decreto-Ley NO. 14473 y d* más disposiciones que la denominen de distinta manera.

Articulo 2*. — Adjudicase en propiedad a Petróleos del Perú los bienes integrantes del denominado Complejo Industrial de Talara y anexos relacionados en el artículo 14 del Decreto—Ley No. 17066 y loe valores que resulten del Balance General de dicho Complejo cerrado al 30 de Junio de 1969.

Artticulo 3. — La diferencia entre los valores del Activo y Pasivo del Balance ft que se refiere el artículo anterior será considerado como «porte del Estado para el Incremento del capital de Petróleos del Perú, por cuyo concepto ce emitirán los correspondientes certificados representativos de dicho ca«



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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