Tipo de Norma: Ley
Número: 17738
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17738CPV Transferir i venta directa
Autorizan a sus buques ei
DECRETO LEV N* 17738
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario lia dado el Dccreto-Lcy siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
considerando:
Que lns disposiciones contenidas en el Art. 3o del Decreto Supremo Np 213-08-IIC de 28 de junio de 1U63, ni íju<í Se le dio fuerza de ley por medio del Decreto-Ley N° 17287, rcsultnn contrarias a Iíic v-Pi ílnílí’i'ns nhiplivoR rir» la días del mes de Julio de mil novecientos sesentlnueve.
General de División EP JUAN VFXASCO ALVARA-FO, Presidente de la República.
Vite Almirante AP ALFONSO NAVARRO ItOAfl.no, Ministro de Marina, Encar-gado de Cartera de Otfef-rn\
TenfrAte General FAP R«. LANDO Gil ARDI UODKI-r»DL£, Ministro de Aeronáutica.
General de Helgada EP EDGARDO MERCADO JARE S M| Ministro de Relaciones Exteriores,
G* ncr.il de Brigada FP ARMANDO ARTOl.A AZOA-RÁTC. Ministro del Interior.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.