Ley Nº 17691

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 17691

DECRETO-LEY W 17691

CONSIDERANDO:

Que, la defensa de la ciudad de Iquitos ha sido declarada de necesidad nacional por Ley N 15983 en razón de las continuas erosiones de su ribera en el Río Amazonas, por lo que

es de urgencia ejecutar las obras respectivas

dada la incidencia de las mismas en la estabilidad económica y social de la región;

Que, es necesario adoptar las medidas convenientes para la solución de las defensas ribereñas de la indicada ciudad dentro de nuestra realidad económica a fin de reducir les gastos de financiación;

Que, es igualmente indispensable dotar al Ministerio de Hacienda de recursos adicionales para la atención de pagos por servicios de deudas;

Que se ha empozado, recientemente, en o\ Fondo General del Tesoro Público, el segundo y último pago de los derechos consulares que le fueran diferidos a la Southern Perú Copper Corporaticn, según contrato de promoción minera que celebrara con el Gobierno;

De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 57 (inciso 3) de la Ley N 14816. Orgánica del Presupuesto Funcional de la República;

Estando a lo informado por las Direcciones Generales de Contabilidad y Presupuesto del Ministerio de Hacienda;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Lev siguiente:

Art. i— El ingreso proveniente del pago de la segunda y última armada de los derechos consulares y otros diferidos a la Southern Perú. Copper Corporal ion constituye recurso del Gobierno Central y se abonará a la Partida N" 150 (Imprevistos) del Título de

Ingresos del Presupuesto Funcional de la República que para el año 1969 se ha aprobado por Decreto-Ley N 17556.

Art. 2— Amplíase en ciento diecisiete millones trescientos setentiún mil doscientos diez soles oro con ochentisiete centavos (S/. 117’371,210.87), en la forma siguiente, el Presupuesto Funcional de la República para el año fiscal de 1969:

TITULO I: INGRESOS

—Sub<-Título I: Ingresos del Gobierno Central, Capítulo I; rondo General del Tesoro Público.

Partida

N'-1 150: Imprevistos .. .. s/. H7’37i,2io.87

TITULO II: EGRESOS —Pliego II: Hacienda.

Sub-Pliego II: Operaciones de Hacienda. Unidad de Asignación N 4.

—Programa IV — Dirección General de Administración.

Partida

4.0.0: Transferencias s/.

4.3.0: Transferencias de capital a otras entidades del Sector Público Nacional:

—Corporación de Rehabilitación y Desarrollo Económico de

Moquegua — Para o-

bras públicas ...... 50*000,000.00

Unidad de Asignación N" 12 —Programa X Dirección General de Cré

dito Público.

Partida

5.0.0: Pagos Financieros S/.

5.1.0: Deuda Interna:

—Bonos de Tesoro—

Leyes 13309 y 13505 -

Octava Serie......12’371,210.87

5.2.0: Deuda Externa:

—Empréstitos del Ex-port Import (EXIM-BANK) .......... 20*000,000.00

S'. 82*371,210.87

—Pliego 19: Vivienda

Suh-Pliego III: Direrción General de Edificaciones y Urbanizaciones

Unidad de Asignación N 7 —Programa Unico Partida:

3.C.0: Estudios y Obras por Contrata y Administración 3.2.0: Obras por Contrata:

—Obras de defensa de la ciudad de Iquitos: Margen izquierda del Río Amazonas ................ 35*000.000.00

S/. 117*371,210.87



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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