Tipo de Norma: Ley
Número: 17662
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17662Títulos profesionales que se obtienen en otros países serán reconocidos sin Revalidación
DECRETO LEY No. 17662
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado al Decreto-Ley «i-cuienta:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que por Convenios Culturales Internacionales suscritos por el Perú, se establece reciprocidad para la validez de
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días del mes de Mayo de mil novecientos sesentinueve.
General de División EP. JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de ia República.
General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Vice-Almirante AP. ALFONSO NAVARRO ROMERO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP. ROLANDO CILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
General de Brisada EP. ARMANDO ARTOLA A7.CA-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.