Tipo de Norma: Ley
Número: 17589
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17589Autorizan a Hacienda a efectuar transferencias de partidas en Pliego Salud Pública y A. S.
DECRETO-LEY N* 17589
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO,
CONSIDERANDO: personal permanente", de 1» misma Unidad d- Asignación, dispone de saldo de libre aplicación que no va a ser utilizado:
Que es procedente la transferencia solicitada de conformidad con lo dispuesto en el inciso 1* del articulo 52^ de la Ley N’ 14316, Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y lo inform-.do por la Contraloria General de la República y la Dirección Nacional de PTM'irn»***—
Que ha resultado Insuficiente la suma asignada a la Partida N* 1.1.2 “Diferencia de haber básico por cambio de categoría", del Pliego de Salud Pública y Asistencia Social, Sub-Pliego III — Programas Nacionales de Salud, Programi IV — Alimentación Complementaria, Sub-Progra-ma i — Dirección Técnica, Asignación N* 38. del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1968. en liquidación:
Que en cambio la Partida N9 1.1.1 "Haberes básicos del
En uso de las f cultades de que ftstá investido; y.
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo Unico.— Autorizase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar la siguientes transferencia d® partidas en el Pliego de Sa^ lud Pública y Asistencia So-ci'l, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central da 1968, en liquidación, hasta por la suma de Dos Mil Soles Oro fB/. 2,000 Odi:
SUB-PHEGO III — Programas Nacionales de Salud PROGRAMA IV — Alimentación Com-dementarla SUR-PROGRAMA 1 — Dirección Técnica ASIGNáC'ON N* 38
De 1» Partida:
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.