Ley Nº 17503

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 17503

Tipo de Norma: Ley

Número: 17503


Visualización de la norma: Ley 17503



Descargar Ley 17503 en PDF -

documento PDF

 17503

SOGESA REESTRUCTURA EOLITICA SALARIAL Y LABORAL INTERNA

DECRETO-LEY N 17503

4

Considerando:

Que la industria siderúrgica estatal es una actividad básica de primordial importancia para la vida económica del país y sus planes de desarrollo;

Que por la significación que tiene para la

seguridad y defensa nacionales, constituye una industria estratégica;

Que para asegurar la estabilidad de la Sociedad Siderúrgica de Chimbóte S. A. (SOGESA) y el cumplimiento de sus planes de expansión, se ha dictado el Decreto Supremo N OOl-FO-69 de 7 de Enero último, declaran dola en estado de reorganización, para permitirle adecuar su estructura a las modernas exi gencias de esta industria y capacitarla para atender sus compromisos financieros;

Que dentro de esta reorganización, debe también reestructurarse la política laboral pa ra prevenir que se produzcan situaciones sociales que no sólo limiten las posibilidades de esta industria para generar nuevas fuentes de trabajo, sino que afecten a las ya existen tes, originando desocupación;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Art. 1—La Sociedad Siderúrgica de Chimbóte S. A. (SOGESA) en aplicación de lo dispuesto en el art, 2 del Decreto Supremo N OOl-FO-69 citado, reestructurará su política salarial y de relaciones laborales y formu lará el Reglamento Interno de Trabajo que norme las 'relaciones con su personal, el que será aprobado por Resolución Suprema,

Este Reglamento Interno contendrá fundamentalmente lo siguiente: Condiciones de Ingreso, Obligaciones y Derechos del Personal, Jornada de Trabajo; Movilidad de Personal, Régimen de Remuneraciones. Régimen Disciplinario, Relaciones con los Sindicatos, Periodicidad de Negociaciones Colectivas, Procedimiento de Reclamaciones.

Art. 2—Mientras prevalezca su actual sitúa ción financiera, la Sociedad Siderúrgica Chim bote S. A. (SOGESA) no podrá efectuar ningún aumento general de remuneraciones a su personal estable de empleados y obreros, en todos sus niveles.

Por tanto: Mando se publique y cumpla.

Lima, 18 de Marzo de 19(59.

Gral. de Div. EP., Juan Velasco Alvarado. Gral. de Div. EP., Ernesto Montagne Sánchez, Vicealmirante AP., Alfonso Navarro Romero. Tnte. Gral. FAP., Rolando Gilardi Rodríguez. Myor. Gral. FAP. Jorge Chamo! Biggs.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos