Tipo de Norma: Ley
Número: 17387
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17387OBLIGATORIA PRODUCCION DE SAL YODADA EN EL TERRITORIO TANTO PARA
CONSUMO HUMANO COMO ANIMAL
DECRETO-LEY N 17387
Considerando:
Que los estudios efectuados a través del Instituto de Nutrición del Ministerio de Salud señalan que las cifras de prevalencia de Bocio Endémico, en el país, alcanza un porcentaje cuya Incidencia constituye un problema de salud pública que es interés del Gobierno atacar;
Que por las formas degenerativas que adop ta y el modo como afecta a las poblaciones de Influencia hacen imperativa una política de prevención adecuada;
Que el único método para prevenir el Bo-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.