Tipo de Norma: Ley
Número: 17346
documento PDF
17346Amplían el Presupuesto de la Imprenta del Min. de Hacienda
S/. 2-000J
DECRETO LEY N* 17316 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley si guíente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que es necesario ampliar el Presupuesto del año en curso, de la Imp.-enta del Ministerio de Hacienda y Comercio, en la suma de £/. 2‘000,000.00, con sus propios recursos, provenientes de ios mayores ingresos obtenidos en la partida de bienes y
servicio::
Que ia ampliación en referencia incrementará con las sumas que se indica, las Partidas Nos. 1.1.5 "Jornales del personal obrero permanente”, 1.25 "Bonificación por costo de vida" — Ley N 16710, y 2.4.8 “Material de Imprenta", del Presupuesto de la Imprenta del Ministerio de Hacienda y Comercio, para el presente año;
c,..e es procedente 1» mencionada ampliación, por ser indispensable regularizar las inversiones que viene demandando la mayor producción de la Imprenta, de acuerdo con lo iníor-mado por la Dirección Nacional de Presupuesto;
En uso de las facultades de que está Investido; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Allí, do Unico,— Ampliase el Presupuesto de la Imprenta del Ministerio de Hacienda y Comercio para el año 1968, en ia suma de DOS MILLONES DE SOLES ORO (S/. 2.000,000.06), en ia siguiente forma:
INGRESOS:
Los mayores ingresos obtenidos por el aumento de la producción de la Imprenta del Ministerio de Hacienda y Comercio, durante el ejercicio de 1968 ................
EGRESOS:
Presupuesto de la Imprenta del Ministerio de Hacienda y Comercio:
Partidas:
1,1.5 —Jornales del personal obrero permanente ........................ 9/. 700,000.00
1.M —Bonificación por costo de vida Ley
16710 ......................... 450,000.00
2.4.8 —Material de Imprenta........... 850,000.00
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún dias del mes de Diciembre de mi! novecientos seaentiocho.
General de División EP., JUAN VELASCO ALVAR ADO, Presidente de la República.
General de División EP., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministro y Ministro de Guerra.
Contralmirante AP.( ALFONSO NAVARRO ROMERO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
General de Brigada EP., EDGARDO MERCADO JARR1N,Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP., ARMANDO ARTOLA AZCA-RATE, Ministro de Gobierno y Policía:
Contralmirante AP., LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Justicia y Culto.
General de Brigada EP., ANGEL VALDIVIA MORRIBE-RON, Ministro de Hacienda y Comercio.
General de Brigada EP:, ALBERTO MALDONADO YA-NEZ, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
General de Brigada EP., ALFREDO ARRISUENO CORNEJO, Ministro de Educación Pública.
Mayor General FAP., EDUARDO MONTERO ROJAS, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
General de Brigada EP., JOSE BENAVBDES BENAVIDES, Ministro de Agricultura.
Mayor General FAP., JORGE CHAMOT BIGGS, Ministro de Trabajo y Comunidades.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 31 de Diciembre de 1968.
General de División EP„ JUAN VELASCO ALVARADO.
General de División EP., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ
Contralmirante AP., ALFONSO NAVARRO ROMERO.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRÍ-GUEZ.
General de Brigada EP., ANGEL VALDIVIA MORKIBE-RON.
S/. 2*000,000.00
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.