Tipo de Norma: Ley
Número: 17329
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17329DEJAN EN SUSPENSO INCISOS 4 Y 10
DEL ARTICULO 5, D-L 14209
DECRETO-LEY N 17329 Considerando:
Que el Decreto-Ley N 14209, divide el territorio de la República en Regiones Educacionales y señala las funciones de las Direcciones Regionales de Educación;
Que de conformidad con los incisos 4 y 10 del Art. 5 del citado Decreto-Ley N 14209, corresponde a las Direcciones Regionales de Educación, nombrar, trasladar y subrogar con sujeción a la Ley Orgánica de Educación, a los Directores de los planteles y a todo el personal docente, administrativo y de servicio, dando cuenta al Director de Escalafón y Personal del Ministerio de Educación inmediatamente después de hacerlo; autorizando, además, la apertura de planteles de educación particular y supervisarlos de acuerdo a los dispositivos de la citada Ley Orgánica;
Que las Direcciones Regionales de Educación se encuentran en proceso de reorganización, por lo que se hace necesario que se dicte las medidas pertinentes para facilitar el cumplimiento de las funciones aludidas;
En uso de las facultades de que está investido; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.