Ley Nº 17306

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Número: 17306


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 17306

AUTORIZAN TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS EN PLIEGO DE SALUD PUBLICA

DECRETO-LEY N 17306

Considerando:

Que ha resultado insuficiente la suma a-signada a la Partida N 4.2.4 “Subsidios familiares”, del Pliego de Salud Pública y Asistencia Social, Sub-Pliego III — Programas Nacionales de Salud, Programa III — Laboratorios de Salud, Unidad de Asignación N 37, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia;

Que en cambio la Partida N 1.2.3 “Bonificación por tiempo de servicios”, de la misma Unidad de Asignación, dispone de saldo de libre aplicación que no va a ser utilizado;

Que es procedente la transferencia de conformidad con lo dispuesto en el art. 6, inciso 39 de la Ley N 16960, y lo informado polla Contraloría General de la República y la Dirección Nacional de Presupuesto;

En uso de las facultades de que está investido; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros ;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Art. Unico.— Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego de Salud Pública y Asistencia Social, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vi-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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