Tipo de Norma: Ley
Número: 17253
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17253Autorizan transferencias de partidas hasta por 500 mil en Pliego de Salud Pública
DECRETO LEY N 17253
EL PRESIDENTE DE LA.
REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley Siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que han resultado insuficientes las sumas asignadas a las Partidas Nos. 1.2.1 “Gastos de representación”, 1.2.3 “Bonificación por tiempo de servicios”, 1.2.4 "Bonificación por especialización”, 1.2.5 “Bonificación por dedicación exclusiva” y 4.2.4 “Subsidio por familia”, del Sub-Programa I
- Jefatura de Area, Unidades, Postas Médicas y Sanitarias, Asignación 24, y las Partidas Nos. 2.5.6 “Equipos médicos” y 4.2.4 "Subsidio por familia”, del Sub-Frograma 3
- Hospital Maternidad de Lima, Asignación 26, del Pliego de Salud Pública y Asistencia Social, Sub-Pliego II -Programas Integrados de Salud, Progi-ama XV - Servicios Integrados de Salud de Lima-Norte, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia;
Que en cambio las Partidas Nos. 1.1.1 “Haberes básicos del personal permanente”, 1.2.19 “Modalidad de trabajo” y 1.3.5 “Aguinaldos” de la Asignación 24, y N 1.1.1 “Haberes básicos del personal permanente” de la Asignación 26, disponen de saldos de libre aplicación que no van a ser utilizados;
Que es procedente la transferencia de conformidad con lo dispuesto por el inciso 1* del artículo 52 de la Ley Orgánica del Presupuesto Funcional de la República N 14816 y el artículo 6, inciso 3° de la Ley N 16960, Anual del Presupuesto vigente; y de acuerdo con lo informado por la Dirección Nacional de Presupuesto y la Contraloría General de la República;
En uso de las facultades de que está investido; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo Unico.— Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Salud Pública y Asistencia Social, del Presupuesto Funcional dei Gobierno Central, en vigencia, hasta por la suma de QUINIENTOS CINCUEN-TISEIS MIL SEISCIENTOS TREINTITRES SOLES ORO <S/. 556,633.00);
Sub-Pliego II — Programas Integrados de Salud Programa XV — Servicios Integrados de Salud de Lima-Norte Sub-Programa I — Jefatura de Area, Unidades, Postas Médicas y Sanitarias
Asignación 24
De las Partidas:
S/. 390.533.00 „ 18.500.00
„ 27,600.00
S/. 9,600.00
* 312.900.00
„ 19,509.00
„ 41,824.00
„ 52,800.00
1.1.1 Haberes básicos del personal permanente .. ..
1.2.19 Modalidad de trabajo ..
1.3.5 Aguinaldos..........
A las Partidas:
1.2.1 Gastos de representación
1.2.3 Bonificación por tiempo
de servicios........
1.2.4 Bonificación por especialización ..........
1.2.5 Bonificación por dedicación exclusiva ......
4.2.4 Subsidio por familia .♦
Sub-Programa 3 — Hospital Maternidad de Lima Asignación 26 De la Partida:
1.1.1 Haberes básicos del personal permanente .. .. S/. 120.000.00
A las Partidas:
2.5.6 Equipos médicos...... S/. 40,000.00
4.2,4 Subsidio Por familia .. „ 80,000.00
TOTALES S/. 556,633.00 S/. 556,633.00
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.