Tipo de Norma: Ley
Número: 17157
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17157Declaran Zona de Emergencia el Mercado Mayorista y Zonas Aledañas a ese Amplio Sector
DECRETO LEY No. 17157
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
EL Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, el Mercado Mayorista de Lima, y zonas aledañas constituyen un foco infeccioso cuyo funcionamiento pone en grave peligro la salud de la población de Lima;
Que, tal Mercado y las zanas aledañas no reúnen las condiciones indispensables para garantizar el buen estado sanitario de los artículos que allí se expende;
Que, se ha constatado el estado de desorganización administrativa, deficiente funcionamiento y falta de control en que dicho Mercado se encuentra, generando vicios de comercialización con el consiguiente encarecimiento de los artículos alimenticios;
Que, el Mercado Mayorista de Lima, y el Terminal Pesquero centros principales de abastecimiento de artículos alimenticios de primera necesidad, que administra y con-troln el Concejo Provincial de Urna, no cumplen con la finalidad de su creación, lo que obliga la intervención del Gobierno Revolucionario en resguardo de la salud Pública;
Que, es obligación del Estado velar por la salud y alimentación públicas y tomar, consecuentemente, las medidas pertinentes para conjurar el riesgo que significa el estado actual do tales centres de abastecimiento;
Que, de conformidad con el Artículo 49 de la Constitución puede dictarse Leyes tendientes a abaratar las subsistencias;
De conformidad con el Artículo 5 del Decreto Ley No. 17063;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministro;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo P — Declárase en estado de emergencia sanitaria al Mercado Mayorista de Lima y zorrs aledañas.
Artículo 2 — Procédase al traslado temporal de los actuales cemerclantes del Mercado Mayorista de Urna y zonas aledañas, a los lugares que designe la Comisión a que se refiere el Articulo 49 Articulo 3^ — Precédase al saneamiento y reorganización de los Mercados Mayorista de Lima, zonas aledañas y del que funciona en el ex-Terml-nas Terrestre, así como del Terminal Pesquero.
Artículo 4$ — Encárgase la ejecución de lo dispuesto en el Artículo anterior a una Comisión presidida por el Prefecto del Departamento de Lima é integrada por un representante del Ministerio de
Salud Pública y Asistencia Social y uno del Ministerio de Agricultura, que para el cumplimiento de su cometido coordinará con los Concejos Provincial de Lima y Distrital de La Victoria y organismos del Sector Público Nacional y Sector Privado afines.
Articulo 5 — El Ministerio de Agricultura propondrá las condiciones en que continuará la administración de los Mercados Mayorista de Urna, asi como del Terminal Pesquero, una vez reorganizados.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de Noviembre de mil novecientos sesen-tioeho.
General de División EP JUAN VELASCO ALVAUA-DO, Presidente de la Repd. bllca
General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro da Guerra.
Contralmirante AP. RAUL RIOS PARDO DE ZELA, Ministro de Marina.
Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
General de Brigada EP. EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP. ARMANDO ARTOLA AZCAKA-TE, Ministro de Gobierno y Policía.
Contralmirante AP. ALFONSO NAVARRO ROMERO, Ministro de Justicia y Culto.
General de Brigada EP. ANGEL VALDIVIA JIIÓRR IBERO N, Ministro de Hacienda y Comercio,
General de Brigada EP. ALBERTO MALDONADO YARE Z, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
General do Brigada EP. ALFREDO AttRISIJENO CORNEJO. Ministro de Educación Pública.
Mayor Gral. FAP. EDUARDO MONTERO ROJAS, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
General de Brigada EP. JOSE DENAYIDES BENAVI-DES, Ministro de Agricultura.
Mayor General FAP. JORGE C1IAMOT BIGGS, Ministro de Trabajo y Comunidades.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 22 de Noviembre de 1968.
General de División JUAN VELASCO ALVARADO.
General de División ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.
Contralmirante RAUL RIOS TARDO DE ZELA.
Teniente General FAP, ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Mayor Gral. FAP. EDUARDO MONTERO ROJAS,
General de Brigada JOSE BENAVIDES VENAVIDES.
General de Brigada AP MANDO ARTOLA AZCA KATE.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.