Ley Nº 17119

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 17119

Derogan Leyes que adjudicaron terrenos a Concejos Municipales o a Corporaciones Similares

DECRETO LEY N* 17119

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que se han dictado Leyes que adjudican a los Concejos Municipales y a las Corporaciones u organismos similares creados, entre otros objetivos, con Unes de fomento económico y social de los Departamentos. todos los terrenos de libre disposición del Estado, ubicados dentro de su jurisdicción;

transferidos legítimamente a terceros, en aplicación de las leyes que se derogan.

Articulo 3° — El Estado podrá adjudicar directamente a los Concejos Municipales de la República y a las Corporaciones u organismos similares criadas, entre oíros ob-letivos. con fines de fomento económico y social de los Departamentos, los terrenos que necesiten para obras de utilidad pública o de comprobada factibilidad económica, previamente aprobadas por el Poder Ejecutivo.

Articulo 41 — El Ministerio de Hacienda y Comercio tramitará las solicitudes de adjudicación ac esos terrenos y las aprobará por Resolución Suprema, cuando sean procedentes.

Dado en la Casa de Gobierno. en Lima, a los quince

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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