Tipo de Norma: Ley
Número: 17117
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17117Modifican sistema de herencia por prescripción y condominio
DECRETO LEY No. 17117
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario >» dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO:
CONSIDERANDO:
Que el articulo 902 del Có-iigo Civil prohíbe que loa condominos adquieran por prescripción los bienes comunes ;
Que el artículo 874 del mismo Código permite que los
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a loa quince días del mes de Noviembre de mil novecientos se-«entlocho.
General de División JUAN VELASCO ALVARADO. Presidente de la República.
General de División ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Contralmirante RAUL RIOS PARUO DE ZELA, Ministro de Marina.
Tnte. Oral. FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
General de Brigada EDGARDO MERCADO JAKRIN.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.