Tipo de Norma: Ley
Número: 17048
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17048LEY N 17048
Transferencia de Partida, en el Pliego de Fomento y Obras Públicas hasta por ia suma de S/. 23'642,397.12.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1— Autorízase al Poder Ejecutivo para que, mediante transferencias de partidas, en el Pliego de Fomento y Obras Públicas de! Presupuesto Funcional del Gobierno Central para 1968, habilite las diferentes Unidades de Asignación con las sumas necesarias que por concepto de bonificaciones complementarias y otras remuneraciones se encuentren deficitarias, hasta por un monto de S/. 23'642,397.12.
ARTICULO 2— Las Unidades de Asignación justificarán ampliamente el otorgamiento de las bonificaciones en
función del cargo a que tiene derecho e] servidor, sujetas a las disposiciones legales vigentes y previa visación de la Dirección Nacional de Presupuesto y Contraloría General de la República.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación. 7
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de Junio de mil novecientos sesentiocho.
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.
ARMANDO VILLANUEVA DEL CAMPO, Presidente de la Cámara de Diputados.
JUAN LITUMA PORTOCARRERO, Senador Secretario.
LUIS CARNERO CHECA, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, errLi-ma, a los ocho días del mes de Julio de mil novecientos sesenta y ocho.
FERNANDO BELAUNDE TERRY
Pablo Carriquiry Maurer, Encargado de Hacienda y Comercio.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.