Tipo de Norma: Ley
Número: 17035
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17035LEV N 17035
Transferencia de partidas en el Pliego deHda. y Comercio hasta por la suma
de S/. 297,000.00.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso ha dado ia ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la Ley siguiente:
ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las si' guientes transferencias de partidas en el pliego de Hacienda y Comercio, de! Presupuesto Funciona! del Gobierno Central de 1967, hasta por la suma de Doscientos Noventisiete Mil Soles Oro (S/. 297,000.00):
SUB-PLIEGO I — DIRECCION Y ADMINISTRACION GENERAL
PROGRAMA IV — ADMINISTRACION D EL RAMO ASIGNACION 4
1 • 1 • 1 - -
* Haberes básicos del personal permanente.........
2-7-4-a)—
- Conservación y reparación ascensores ............
A LAS PARTIDAS:
1-1-4- -
- Jornales del personal obre-
rn............ ., , . , ,
1-2-3- -
1 u • r * 1 1 * # • • f * 1 f 1 # 1
- Bonificación por tiempo de servicios..............
1-29- -
- Bonificación por costo de vida.................
TOTALES ............
S/. 120,000.00
177,000.00
S/. 71,000.00
„ 111,000.00
S/. 115,000.00 S/. 297,000.00 S/. 297,000.00
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de Mayo de mil novecientos sesentiocho.
DAVID AGUILAB CORNEJO, Presidente del Senado.
ARMANDO ViLLANUEVA DEL CAMPO, Presidente de la Cámara de Diputados .
JUAN LITUMA PORTOCARRERO, Senador Secretario.
LUIS CARNERO CHECA, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de Junio de mil novecientos sesentiocho.
FERNANDO BELAUNDE TERRV
Manuel Ulloa.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.