Tipo de Norma: Ley
Número: 17002
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17002LEY No. 17002
Transferencia de partidas en el Pliego de Hacienda y Comercio hasta por la
suma de S/. 5*000,000.00
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA,
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO: — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego de Hacienda y Comercio, del Prespuesto Funcional del Gobierno Central de 1967, hasta por la suma de Cinco Millones de soles oro (S/. 5’000,000* 00):
Sub—Pliego I. Dirección y Administración General del Programa Vil. Crédito Público
Asignación No. 7.
Partida:
5.2.2—Intereses Deuda Externa:
— Préstamo No. 425 — PE —
Carretera Oroya — Aguay-
tía...................S/. 5*000,000.00
AI Programa IV. Administración del Ramo.
Asignación 4.
Partida:
jubilación................ S/. 5*000,000.00
Totales:.................. S/. 5*000,000.00 S/. 5*000,000.00
4.2.1—Pensiones de retiro, cesantía y
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación*
Casa del Congreso, en Lima, a los nueve días del mes de Mayo de mil novecientos sesentiocho-
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.
RAUL MARTINEZ ZUZUNAGA. Primer Vice—Presidente de la Cámara de Diputados*
— ♦
JUAN LITUMA PORTOCARRERO, Senador Secretario-
LUIS CARNERO CHECA, Diputado Secretario*
Al señor Presidente Constitucional de la República*
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla-
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de Mayo de mil novecientos sesentiocho-
FERNANDO BELAUNDE TERRY Francisco Morales-Bermúdez Cerrutti
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.