Ley Nº 16895

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 16895

LEY N 16895

Transferencias de Partidas en el Pliego de Agricultura, hasta por la suma de

S/. 765,461.60.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA. POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Agricultura, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia, hasta por la suma de Setecientos Sesenticinco Mil Cuatrocientos Sesentiun Soles Oro y Sesenta Centavos (S/. 765,461.60):

Sub-Pliego I — Dirección Superior, Planificación y Administración

Programa I — Dirección y Administración Superior

Asignación 1

Analítico 1

De la Partida N9 2.10.4.

“Imprevistos”................

A la Partida N 1.2.1.

“Gastos de Representación1' .. ..

A la Partida N 1.2.2.

“Boniifcación por movilidad”.......

Programa II — Planificación Sectorial Agraria

Sub-Programa 1 Asignación 2

De la Partida N9 2.1.1.

“Movilidad fuera del lugar de trabajo" . A la Partida N 1.2.1.

S/. 147,870.00

S/. 124,800.00 S/. 23,070.00

S/. 87.774.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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