Ley Nº 16796

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 16796

LEY N 16796

Transfiriendo la Partida de S|. 500,000.00 del Pliego que se indica, a la reconstrucción del Colegio Parroquial de Be* llavista. Provincia del Callao.

DAVID AGUILAR CORNEJO Presidente del Congreso.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Modifícase el texto de la Partida 3.2.0. Obras Callao:

“Para la reconstrucción de la Iglesia Matriz del Callao $/. 500,000.00” Asignación N- 11, Pliego de Justicia y Culto del Presupuesto Funcional de la República para 1967; la que queda en la siguiente forma:

“A la Parroquia de Bellavista de la Provincia Constitucional del Callao, para la reconstrucción de! Colegio Parroquial de Bellavista, S/. 500,000.00”.

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución, mando se publique y se comunique ai Ministerio de Hacienda y Comercio, para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los

dos días del mes de Enero de mil novecientos sesentiocho.

DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Congreso.

JUAN LITUMA PORTOCARRERO, Senador Secretario del Congreso.

ALBERTO MALLEA BENAVENTE, Diputado Pro-Secretario del Congreso.

Lima, 9 de Enero de 1968.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

TULIO DE ANDREA

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los quince días del mes de Noviembre de mil novecientos sesentisiete.

David Aguiiar Cornejo, Presidente del Senado.

Armando Villanueva del Campo, Presidente de la Cámara de Diputados.

Juan Lituma Portocarrero, Senador Secretario.

Luis Carnero Checa, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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