Tipo de Norma: Ley
Número: 16743
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16743 LEY No. 16743Modificando el texto de la partida de S/. 48,000.00 que se indica, del Pliego de Fomento y Obras Públicas
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Congreso.
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la Ley siguiente:
ARTICULO UNICO. — Modifícase el texto de la Partida de Iniciativas Parlamentarias para la realización de obras en San Pedro, distrito de Llaylla "Provincia de Satipo”, que figura en el Pliego de Fomento y Obras Públicas, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia, con la suma de cuarentiocho mil soles oro (S/. 48,000. 00), en el sentido de que la citada suma será destinada a la realización de obras en el pueblo de San Pedro del "Distrito de Cobiriali” de la misma provincia.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los cinco días del mes de D'ciembre de mil novecientos sesentiseis.
LUIS ALBERTO SANCHEZ, Presidente del Senado.
ANTONIO E. MONSALVE MORANTE, Presidente de la Cámara de Diputados .
TEODORO BALAREZO LIZARZABU-RU, Senador Secretario.
OSCAR EDUARDO CARBAJAL SOTO, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129- de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Hacienda y Comercio, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintisiete días del mes de Noviembre de mil novecientos sesentisiete.
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Congreso.
JUAN LITUMA PORTOCARRERO, Senador Secretario del Congreso.
LUIS CARNERO CHECA, Diputado Secretario del Congreso.
Lima, 30 de Noviembre de 1967.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
TULIO DE ANDREA(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.