Ley Nº 16741

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 16741

LEY No. 16741

Transferencia de partida en el pliego de Educación Pública, hasta por la suma de

S/. 120,000.00

DAVID AGU1LAR CORNEJO Presidente del Congreso

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Transfiérase la partida consignada en el Pliego de Educación Pública para el presente año, en el Sub-Pliego I - Administración Nacional - Programa II! - Administración General - Asignación 3 - Unidad Ejecutora Dirección General de Administración -Descripción de Funciones.

Partida: 3.0.0. Obras por Contrata.

3.2.0. Construcciones Escolares Octava Región - La Libertad.

que dice:

"Para la construcción de nuevas aulas en el Colegio Nacional de Mujeres "Santa Teresa” de San Pedro de Lloc, Provincia de Pa-casmayo”......................S/. 120,000.00

A la Asignación 57 - Sub-Pliego II - Administración Regional - Programa VIII - Octava Región de Educación - Sub Programa 3 -Educación Secundaria - Unidad Ejecutora —

Dirección de la Octava Región

Partida: 4.2.0. Transferencias corrientes al Sector

Privado.

4.2.6. Subsidios.

"A la Congregación de Religiosas Franciscanas de la Inmaculada Concepción de San

Pedro de LIoc”................... 120,000.00

S/. 120,000.00 120,000.00

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veinticinco días del mes de Abril de mil novecientos sesentisiete.

Luis Alberto Sánchez, Presidente del Senado.

Antonio E. Monsaive Morante, Presidente de la Cámara de Diputados.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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