Ley Nº 1665

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1665


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 01665

Res, Lcg. Xo 1665

Dispensando de práctica

á don

Augusto Aguirre Morales

Limay 16 de octubre de 7i) 12. Excmo. Señor:

El Congreso, en vista de la solicitud de don Augusto Aguirre Morales, ha resuel

to dispensarle la práctica de Academia que exige la ley de 15 de noviembre de 1902, para optar el título de doctor en Jurisprudencia y ejercer la profesión de abogado.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V. E.—Rafael Villanueva, Presidente del Senado.—J. de D. Salazar O .—



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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