Tipo de Norma: Ley
Número: 16413
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16413LEY N9 16413
Transfiriendo la suma de S/. 240,000. 00, del Pliego de Educación Pública, destinada a la nacionalización del Colegio Cooperativo Vespertino Leoncio Prado de Paiján, a otras partidas en
el mismo Pliego.
LUIS ALBERTO SANCHEZ, Presi dente del Congreso.
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.— Transfiérase la siguiente partida del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1966, Pliego de Educación Pública, Sub-Pliego I, Administración Nacional, Programa III, Administración General, Asignación N9 3, Unidad Ejecutora: Dirección General de Administración.— Partida 4.1.0.— Partida 4.1.5, Otras Transferencias, Departamento de La Libertad.— Para la nacionalización del Colegio Cooperativo Vespertino Leoncio Prado de Paiján:
Doscientos cuarenta mil soles oro (S/. 240,000.00) destinándola en el mismo Pliego de Educación Pública, Sub-Pliego I, Administración Nacional, Programa III, Administración General, Asignación N9 3 a la misma Unidad Ejecutora: Dirección General de Administración, para las siguientes partidas: departamento de La Libertad.— Para el Colegio Municipal Secundario Mixto de Cachicadán: Ciento sesenta mil soles (S/. 160,000. 00), y para el Colegio Secundario Mixto Municipal de Huanchaco: Ochenta mil soles oro (S/. 80,000.00).
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los quince días del mes de Diciembre de mil novecientos sesentiséis.
LUIS ALBERTO SANCHEZ, Presidente del Senado.
ANTONIO E. MONSALVE MORANTE, Presidente de la Cámara de Diputados.
GUSTAVO E. LANATTA LUJAN, Senador Secretario.
OSCAR EDUARDO CARBAJAL SOTO, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Cons titución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Hacienda y Comercio, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los diecisiete días del mes de Enero de mil novecientos sesentisiete.
LUIS ALBERTO SANCHEZ, Presidente del Congreso.
TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario del Con-
gT0SO.
OSCAR EDUARDO CARBAJAL SOTO, Diputado Secretario del Congreso.
Lima, 23 de Enero de 1967.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
Sandro Mariátegul
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.