Tipo de Norma: Ley
Número: 16331
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16331LEY N9 16331
Declarando de utilidad pública la terminación de la carretera Huarmey-San Miguel-Huayán-Succha-Aija-Reeuay, en
el Departamento de Ancash.
LUIS ALBERTO SANCHEZ Presidente del Congreso.
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
*
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9— Declárase de necesidad y utilidad públicas la terminación y remodelación de la Carretera Huarmey-San Miguel-Huayán-Succha-Aija-Recuay, en el Departamento de Ancash, rectificándose los tramos comprendidos entre las localidades de Huarrttey-San Miguel y Aija-Recuay.
ARTICULO 29— Aféctase como rentas para la ejecución de las obras mencionadas en el artículo anterior, las siguiente:
a) La cantidad de Dos Millones de Soles Oro (S/. 2’000,000.00) correspondiente a la asignación Departamental de Ancash del Fondo de Desarrollo Económico; y
b) La partida de Un Millón de Soles Oro ( S/. l’OOO,000.00) que se consignará en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central.
TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario.
OSCAR EDUARDO CARBAJAL SOTO, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República,
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Fomento y Obras Públicas, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de Noviembre de mil novecientos sesentiséis.
LUIS ALBERTO SANCHEZ, Presidente del Congreso.
TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario del Congreso.
OSCAR EDUARDO CARBAJAL SOTO, Diputado Secretario del Congreso.
Lima, l9 de Diciembre de 1966.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
Sixto L. Gutiérrez.
ARTICULO 39— El Ministerio de Fomento v Obras Públicas queda encargado'cfel cumplimiento de la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los cinco días del mes de Octubre de mil novecientos sesentiséis.
LUIS ALBERTO SANCHEZ, Presidente del Senado.
ANTONIO E. MONSALVE MORANTE, Presidente de la Cámara de Diputados.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.